Boletines/Lobería
Decreto Nº 056/18
Lobería, 09/01/2018
DESÍGNANSE
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el artículo 47 de la Ordenanza Nº 1.973/15 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el artículo 53 del Anexo Único del Decreto Nº 1.167/16, la Leyes Nº 27.155 y Nº 14.798, la Ordenanza Nº 2.155/17, la Nota N° 23.640/18, el Expediente Nº 4066-2.135/18; y
Considerando
QUE, por Nota registrada con el N° 23.640/18, Expediente Nº 4066-2.135/18, el Titular de la Agencia de Desarrollo Local ING. ALEJANDRO SANTAMARÍA, solicita la designación de Personal Temporario Mensualizado, para cubrir el servicio de guardavidas en la playa del Balneario “Arenas Verdes”, a partir del 1° de enero y hasta el 14 de abril de 2018 inclusive;
QUE, este pedido resulta necesario atento ser las personas capacitadas y entrenadas para vigilar, prevenir, atender y supervisar técnica y profesionalmente a los concurrentes, brindando respuesta inmediata de rescate acuático y/o primeros auxilios de emergencia, ante situaciones de riesgo, pautas contempladas en la Ley Nº 27.155 de ejercicio profesional de guardavidas y Ley Nº 14.798;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- DESÍGNANSE a partir del 1° de enero y hasta el 14 de abril de 2018 inclusive, en carácter de Personal Temporario Mensualizado, con una remuneración equivalente a Categoría 21 y un régimen de trabajo de 36 horas semanales por los meses de enero y febrero, 30 por el mes de marzo y 24 por el mes de abril, para prestar servicios de guardavidas en el Balneario “Arenas Verdes”, a las siguientes personas:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO
GENOVA, MARIANO D.N.I. Nº 23.406.922
MÁRSICO, JULIAN D.N.I. Nº 29.719.818
PONCE, MARIO D.N.I. Nº 23.406.852
LUND, CAMILO D.N.I. Nº 29.504.451
SILVA, MAURICIO D.N.I. Nº 31.978.378
LUNA, CARLOS MATIAS D.N.I. Nº 26.708.450
GRANCI, MILTON D.N.I. Nº 33.719.911
LECUMBERRI, JUAN CRUZ D.N.I. Nº 29.504.094
ANGELI, MARTÍN D.N.I. Nº 30.240.192
ALVAREZ, JUAN BAUTISTA D.N.I. Nº 33.799.818
RODRIGUEZ, GERONIMO DAVID D.N.I. Nº 34.750.850
ZARATE, FRANCISCO MAURICIO D.N.I. Nº 33.576.322
IRIGOYEN, SILVERIO D.N.I. Nº 34.037.641
ROMEO, LUIS MARIO D.N.I. N° 31.554.872
ARTÍCULO 2.- Abónese el equivalente al Sesenta por ciento (60 %) del sueldo básico de acuerdo al artículo 53 del Anexo Único del Decreto 1.167/16 y al artículo 15 de la Ley Provincial Nº 14.798 en concepto de Actividad Riesgosa, Antigüedad y Presentismo.
ARTÍCULO 3.- Otórgase un Adicional por Destino equivalente al diez por ciento (10%) de su sueldo básico, por prestar servicios separados de su núcleo familiar, en lugares alejados o aislados, según corresponda.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110101000 Unidad Intendente - 16 Dirección de Desarrollo Local - 02 Oficina de Turismo - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 5.- Tomen conocimiento Oficina de Personal, Oficina de Seguros, IOMA, Agencia de Desarrollo Local, Contaduría Municipal y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
MARIO ALBERTO TERUGGI JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIO DE GOBIERNO INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETO Nº 056-18