Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2817
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 24/08/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a foja 2 del presente expediente por MARCELO ALEJANDRO PRADA, DNI N° 20.691.333, por la cual solicita la exención en el pago de los Derechos de Construcción correspondientes al expediente Nº 737-P-2014, Partida Inmobiliaria N° 171357, y;
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 5 el Departamento Contralor Obras Particulares informa que el expediente Nº 737-P-2014 ingresó el 18 de julio de 2014 con la Partida N° 171357 siendo aprobado el 20 de agosto de 2014 y sugiere que corresponderia aplicar la Ordenanza N° 17.112 dando de baja el monto tasado de $8.024.52;
Que, la Ordenanza Nº 17.112 en su Artículo Nº 5 prescribe: “Exímase del pago de los Derechos de Construcción establecidos en el Título IX, Parte Especial de la Ordenanza Fiscal y Capítulo IX, de la Ordenanza Impositiva a las edificaciones que se efectúen en el marco del PROGRAMA CREDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA UNICA FAMILIAR (PRO.CRE.AR.), de conformidad con las pautas que se establezcan en el contrato de fideicomiso previsto por el Artículo 10º y ccs. del Decreto PEN 902/12.-”;
Que, el Departamento Recaudación a fs. 9 sugiere, se exima del pago de los Derechos de Construcción, cargados por expediente N° 737-P-2014, al inmueble identificado con la partida N° 171357 por la suma de $8.024,52 en los términos del articulo N° 5 de la Ordenanza N° 17112/13;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º): Exímase a la Partida Inmobiliaria N° 171357 del pago de los Derechos de Construcción correspondientes al expediente Nº 737-P-2014, en un todo de acuerdo a lo prescripto por el Artículo Nº 5 de la Ordenanza 17.112 y a los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2°): Cúmplase, notifíquese, dése al RO, tome nota a sus efectos Departamento de Recaudación; y hecho, ARCHIVESE.-