Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº2757

Resolución Nº 2757

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 19/08/2022

Visto las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 1 del expediente N° 0-2930/2021, por la Sra. Maria Carolina MENDEZ, en carácter de Representante Legal del COLEGIO MARTIN MIGUEL DE GÜEMES, en relación a la Partida Inmobiliarias N.º 33.527, Y;

CONSIDERANDO:

Que, el Departamento Recaudación informa a fs. 3 y 7 del expediente N° 0-2930/2021 que correspondería otorgar una rebaja del 50% en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Via Pública y Tasa de Salud sobre la partida N° 33.527 a nombre del colegio MARTIN MIGUEL DE GUEMES a partir de la fecha de solicitud 11/05/2021 y hasta el 31/12/2021, conforme lo previsto en el articulo N° 83, apartado 2 inciso 1 y Art. 270 de la Ordenanza Fiscal 2021;

Que, el Artículo Nº 83, Apartado 2, Inciso a) de la Ordenanza Fiscal prescribe, respecto de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, que podrán gozar de una rebaja de hasta el cincuenta por ciento (50%): “Escuelas e institutos educativos de gestión privadas incorporados, de enseñanza reconocida por los organismos competentes, que no funcionen como entidades de bien público, por los inmuebles que les pertenezcan en propiedad o usufructo, y que los mismos estén destinados a los fines específicos de la entidad.;

Que, el Artículo 270º de la Ordenanza Fiscal establece, en relación a la Tasa de Salud, que serán de aplicación las exenciones previstas por el Artículo 97º de la presente Ordenanza y las rebajas contempladas en el artículo 83° de la Ordenanza Fiscal;

Por todo ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º): Otórgase al COLEGIO MARTIN MIGUEL DE GÜEMES la rebaja en un 50% sobre la Partidas Nº 33.527, del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y la Tasa de Salud, a partir de la fecha de solicitud 11/05/2021 y hasta el 31/12/2021, atento lo establecido en el Artículo Nº 83, Apartado 2, Inciso a) y en el Artículo 270, ambos de la Ordenanza Fiscal vigente, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 2º): Cúmplase, notifíquese, dese al R.O., tome nota Departamento Recaudación; hecho, ARCHIVESE.-