Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 20792
Bahia Blanca, 11/08/2022
VISTO
El proyecto de ordenanza obrante a fojas 12/12 vlta. referido a la eximición en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, encuadrada en la Ley Provincial Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias; y
CONSIDERANDO
Que visto la documentación aportada por la contribuyente y el análisis realizado por el Departamento Recaudación, se desprende que la actividad llevada a cabo por la misma se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº 12.925.
Que el artículo 4º de la Ordenanza Nº 12.925 prescribe: “Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda:
Tasa por habilitación.
Tasa por inspección de seguridad e higiene.
Tasa por inspección veterinaria.
Derechos de construcción.
Derechos de oficina, solamente en lo referente a las actuaciones.
Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios (Agregado por Ordenanza 17.233).
Que la recurrente se encuentra inscripta en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene bajo el número de Contribuyente 76.575.
Por todo lo expuesto, el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de,
ORDENANZA
Artículo 1º – Exímase a la señora Hilda Elizabet Suarez, D.N.I. 28.777.010, Contribuyente Nº 76.575, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, desde el día 23 de junio de 2014 hasta el día 22 de junio de 2015, en un todo de acuerdo a lo normado en la Ordenanza Nº 12.925.
Artículo 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-