Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2951
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 06/09/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 2, por MATIAS BAST, D.N.I. Nº 32.253.611, por la cual solicita la exención en el pago de los Derechos de Construcción correspondientes al Programa PRO.CRE.AR., en la Partida N° 179.176 y;
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 12 el Departamento Contralor Obras Particulares informa que el 13 de julio de 2016 se tramitó un proyecto con permiso Nº 602-B-2016, en la Partida N° 179.176, destinada a vivienda unifamiliar, aprobado el 29 de julio de 2016 y que los Derechos de Construcción ascienden a la suma de $6.911,69;
Que, el Departamento Recaudación informa a fojas 13, correspondería eximir del pago de los Derechos de Construcción cargados por expediente Nº 602-B-2016, al inmueble identificado con la Partida Nº 179.176, por la suma de $6.911,69 y no registra otras obligaciones pendientes de pago con éste municipio;
Que, la Ordenanza Nº 17.112 en su Artículo Nº 5 prescribe: “Exímase del pago de los Derechos de Construcción establecidos en el Título IX, Parte Especial de la Ordenanza Fiscal y Capítulo IX, de la Ordenanza Impositiva a las edificaciones que se efectúen en el marco del PROGRAMA CREDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA UNICA FAMILIAR (PRO.CRE.AR.), de conformidad con las pautas que se establezcan en el contrato de fideicomiso previsto por el Artículo 10º y ccs. del Decreto PEN 902/12.-”;
Que, el Artículo Nº 22 de la Ordenanza Fiscal establece: "Ninguna dependencia comunal dará curso a trámites o gestiones relacionados con bienes muebles e inmuebles, negocios o actos sujetos a obligaciones fiscales con este Municipio, no procediendo el otorgamiento de visaciones, autorizaciones, aprobaciones o certificaciones hasta tanto no se acredite el cumplimiento de aquellas con la respectiva constancia de pago, certificado de libre deuda, o se acredite el principio de ejecución del correspondiente convenio de pago de las obligaciones incumplidas.";
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º): Eximir a la Partida N° 179.176 del pago de los Derechos de Construcción correspondientes al expediente Nº 602-B-2016, en un todo de acuerdo a lo prescripto por el Artículo Nº 5 de la Ordenanza Nº 17.112 y a los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°): Cumplir, notificar, dar al RO, tome nota a sus efectos Departamento de Recaudación; y hecho, ARCHIVAR.