Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº2881

Resolución Nº 2881

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 29/08/2022

VISTO la nota presentada por DIEGO AMALLA, DNI Nº 23.101.989 obrante a fojas 2 y 16 donde solicita el reintegro de la diferencia por el pago de Obra de Red Cloacal, correspondiente a la Partida Nº 119.343, y;

CONSIDERANDO:

Que la oficina División Consorcios - Obras Básicas informa a fojas 22 que "...con fecha 07/06/2019, en la partida Nro 119343 se abono la cantidad de $11.404,52 por el concepto de obra de cloacas.

Dicha liquidación surgió en base a una situación parcelaria existente al momento de efectuarse la obr. Sin embargo, por la puesta en vigencia posterior de una subdivisión aprobada por el Dpto. Catastro, el valor se reliquidó resultando para la partida Nro. 119343 un total de $7.692,48.

Por lo explicado precedentemente, surge en la citada partida, por el concepto ya mencionado, un crédito a favor del contribuyente de $ 3.712,04...";

Que el Departamento Recaudación a fojas 25 sugiere debitar de la Partida 119.343 la suma de $3.712,04 en concepto de Red Cloacal y acreditarlo a futuros vencimientos de la misma partida en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud;

Que el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal expresa:”...Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la acreditación o devolución, de oficio o a pedido del interesado, de las sumas que resulten a beneficio del contribuyente o responsable por pagos indebidos o excesivos. Los contribuyentes podrán solicitar la imputación de los saldos acreedores para la cancelación de la deuda emergente de nuevas declaraciones juradas correspondientes al mismo tributo, siendo facultad de esta Comuna aceptar o rechazar dicha solicitud...”;

Por todo ello, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en el uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 2900/2021:

- RESUELVE -

ARTÍCULO 1)- Debitar de la cuenta corriente de la Partida Nº 119.343, la suma de PESOS TRES MIL SETECIENTOS DOCE CON CUATRO CENTAVOS ($3.712,04) en concepto de Red Cloacal, en un todo de acuerdo al considerando de la presente resolución.-

ARTÍCULO 2)- Acreditar a futuros vencimientos de la Partida Nº 119.343 los importes debitados en el Artículo 1º en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, en un todo conforme a lo previsto en el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTÍCULO 3)- Cumplir, notificar, dar al R.O., tome nota Departamento Recaudación, Hecho, ARCHIVAR.-