Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº647

Resolución Nº 647

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 23/08/2022

Visto las presentes actuaciones referidas al Plan de Evacuación y Simulacro correspondiente a la residencia para adultos mayores de alta complejidad categoría A2, denominada "La Querencia"sita en calle Ramón y Cajal Nº 5343 de esta ciudad y, considerando:

Que se encuentra en vigencia la Ordenanza N° 14.219, la cual en su Artículo 1°) dispone: “Créase en el Partido de Bahía Blanca, el “Plan de Evacuación y Simulacro” para casos de incendio, explosión o advertencia de explosión o cualquier otra situación de la que surja la necesidad de desalojar las instalaciones...”;

Que además en su Artículo 2°) estipula que el Plan deberá ser de aplicación obligatoria en todos aquellos inmuebles con atención y concentración masiva de público, debiéndose adecuar el mismo a las características propias del espacio, su destino y de las personas que lo utilicen;

Que asimismo también deberá contemplarse la realización de simulacros, al menos, dos veces al año a fin de optimizar y socializar las medidas de seguridad necesarias;

Que por lo expuesto, y teniendo en cuenta el informe de la Dirección General de Defensa Civil, obrante a fojas 29 del expediente 0 N° 5136 Año 2020, anexo al 0 N° 8415 Año 2019; el SUBSECRETARIO DE PROTECCIÓN CIUDADANA, en uso de las facultades que le confiere el Decreto Municipal Nº 3492/2019, en el marco de lo normado en el Artículo 182º de la Ley Orgánica de las Municipalidades,

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º) Aprobar el Plan de Evacuación y Simulacro correspondiente a la residencia para adultos mayores de alta complejidad categoría A2, denominada "La Querencia", sita en calle Ramón y Cajal Nº 5343 de esta ciudad, por el período de un (1) año a partir del día de notificación de dicho establecimiento, siempre que la estructura edilicia y sus condiciones de seguridad no sufran modificaciones.-

ARTÍCULO 2º) Hágase saber al establecimiento mencionado en el artículo precedente que, en caso de introducirse modificaciones en la estructura edilicia que provoquen que varíen las condiciones de seguridad existentes, deberá comunicar a la Dirección General de Defensa Civil dentro de los treinta (30) días de producidas las mismas.

ARTÍCULO 3ºDéjase constancia que deberá coordinarse con la Dirección General de Defensa Civil la realización por parte de la residencia de los simulacros respectivos; debiéndose anexar a las presentes actuaciones el informe técnico correspondiente a su realización.-

ARTÍCULO 4º) Cúmplase, notifíquese al apoderado del establecimiento, tome nota Departamento Habilitaciones, dése al R.O. y resérvese en la Dirección de Defensa Civil.-