Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 206
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 23/08/2022
Visto la nota elevada por el Director del Instituto Cultural y la Directora de Acción Cultural a fs. 1, por la cual comunican que el señor Nicolás Tauro, músico, productor y gestor cultural local, se encuentra abocado a la organización del “Festival Terradiabla” que se llevará a cabo entre los meses de octubre y diciembre en nuestra ciudad, y
Considerando
Que el desarrollo del mencionado evento forma parte del cronograma cultural de nuestra ciudad, por lo que se encuentra incluido en el marco de la Ordenanza N° 19.038 (sancionada el 29 de junio de 2017) que crea el Fondo Municipal de Financiación de Eventos Artísticos y Culturales de Organización Regular y Continuidad en el tiempo con el Instituto Cultural de Bahía Blanca como autoridad de aplicación, como consta en el artículo 4.
Que Terradiabla es un festival de arte joven de nuestra zona (a la cual sus habitantes originarios llamaban "tierra del diablo"), cuyas ediciones anteriores fueron organizadas en los siguientes espacios físicos: 2017: SUM del Club Universitario, 2018: Multiespacio Förum, 2019: 2Museos: MBA y MAC, 2020 en el SkatePark del Parque de Mayo y 2021 en el Monumento a César Milstein.
Que este evento se caracteriza por darle difusión a la música local: en él conviven bandas, percusión y solistas en vivo, propuestas bahienses en la previa e intervalos de cada show, características que lo hacen único en su tipo.
Que mediante el festival, además de la característica benéfica y difusora, se hacen accesible al vecino propuestas de calidad y vigencia de contenidos locales culturales con un impacto que segmenta a un público entre los 20 y los 50 años, acercándolos a la escena musical independiente.
Que se ha solicitado un subsidio destinado a solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios de los artistas, alquiler de luces, sonido y escenario, publicidad gráfica, fotografía y registro audiovisual, alquiler de pantalla y demás gastos que se pudieran ocasionar. Considerando que ha sido previsto en el Presupuesto de Gastos del corriente ejercicio el otorgamiento de una ayuda destinada a tal fin y atento a la imputación de los Departamentos de Planeamiento Presupuestario y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Otórgase un subsidio a nombre de Nicolás TAURO, C.U.I.L./T: 20-26172803-7; por la suma de pesos ciento cuarenta y cinco mil ($ 145.000,-) a fin de solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios de los artistas, alquiler de luces, sonido y escenario, publicidad gráfica, fotografía y registro audiovisual, alquiler de pantalla y demás gastos que demanden la organización del “Festival Terradiabla” que se llevará a cabo entre los meses de octubre y diciembre en nuestra ciudad, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-
SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar a Nicolás TAURO, C.U.I.L./T: 20-26172803-7; la suma de pesos ciento cuarenta y cinco mil ($ 145.000,-) atento a lo indicado en el artículo Primero.-
TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 84. 00. 00, Hechos Artísticos Culturales No Eventuales - Gasto. 5.1.4.0.-
CUARTO: Notifíquese a la persona beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de cinco (5) meses, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-
QUINTO: Déjese constancia que, de acuerdo al artículo 10 del Decreto 1873/2019 que reglamenta la Ordenanza 19.038, el beneficiario deberá referenciar el aporte y auspicio, haciendo uso de la gráfica oficial del Municipio en sus piezas de comunicación.
SEXTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 4° del presente acto administrativo.-
SÉPTIMO: Cúmplase, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-