Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº198

Resolución Nº 198

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 12/08/2022

Visto los términos de la nota de fs. 1, mediante la cual la Dirección del Instituto Cultural solicita el pago de la Factura Tipo “C”- N° 00021-00001083, por un monto de Pesos Veintiséis Mil Quinientos ($26.500.-), correspondiente al Proveedor Asociación Argentina de Actores, CUIT N° 30-52572025-6, en concepto de pago de honorarios al Sr. Guillermo Cacace por la realización del Taller Intensivo de Actuación "El Afuera como Eje de la Creación Actoral", el cual tuvo lugar en el Teatro Municipal, los días 30 de junio, 1º y 2º de julio del corriente año, como parte de las acciones acordadas en el Convenio Marco de Colaboración y Anexos, celebrado entre el Instituto Cultural y la Universidad Nacional de las Artes, aprobado por Decreto 801/2022 del Ejecutivo Municipal y Convalidado por Decreto 70/2022 del Honorable Concejo Deliberante; y

Considerando

Que en la Cláusula Segunda del mencionado Convenio, cuya copia fiel consta entre fs. 4 y 5, se indica que: "...Las acciones que en el marco de la colaboración descripta se implementen, a fin de dar cumplimiento con el objeto del presente Convenio, se instrumentarán en Anexos. En los mismos deberá constar: a) los objetivos; b) la duración y costo de los programas que se implementen. Los mismos serán suscriptos, tanto en la UNA como en el INSTITUTO por la/las autoridades máximas de las áreas/unidades interviniente/s según el caso..."

Que, a su vez, en el Anexo I - Convenio Específico de Cooperación entre el Instituto Cultural de Bahía Blanca y el Departamento de Artes Dramáticas de la UNA, cuya copia fiel se agrega a fs. 8 y 9, se acordó  "...la puesta en marcha de una propuesta de cooperación en formación educativa y artística mediante la cual el Instituto Cultural de Bahía Blanca y el Departamento de Artes Dramáticas ofrecerán un Ciclo de tres Talleres de Actuación, Dirección e Iluminación durante los meses de junio, agosto y octubre del corriente año en la ciudad de Bahía Blanca, según queda detallado en el Anexo II, y que forma parte integrante del Convenio Específico de Cooperación...".

Que a fs. 10 se incluye copia fiel del Anexo II, el cual en su Artículo 7º expresa que: "...El Instituto Cultural de la ciudad de Bahía Blanca abonará una suma de $ 25.000.- (Pesos Veinticinco Mil) en concepto de honorarios por el dictado de cada taller. Asimismo, se hará cargo de los traslados hacia y desde Bahía Blanca, el alojamiento por 2 (dos) noches y 5 (cinco) comidas..."

Que los compromisos económicos asumidos en función de la concreción de lo previsto en el citado artículo, se implementarían a través de Pedidos de Suministro, según se ha dejado expresado a fs. 29 del Expte. 311-2190/2022, cuya copia fiel se agrega a fs. 12 de las presentes actuaciones y lo expresado por la Dirección del Instituto Cultural a fs. 16.

Que para el caso del pago de los honorarios del docente Guillermo Cacace, quien fuera seleccionado oportunamente para llevar adelante un Taller de Actuación, según los procedimientos enunciados en la copia fiel del Acta de fs. 14, el correspondiente Pedido de Suministro para su contratación no se pudo cumplimentar en tiempo y forma, dado que la rúbrica de los Anexos por parte del Departamento de Artes Dramáticas, sito en la ciudad de Buenos Aires, recién tuvo lugar el mismo día en el que se dio inicio al mencionado taller, es decir el mismo día 30 de junio, siendo el Decreto Municipal 1749/2022 que aprueba su vigencia de fecha posterior al mismo, documentos necesarios para la confección y justificación de la correspondiente Solicitud de Pedido.

Que, como había sido convenido, el primero de los talleres debía tener realización durante el mes de junio del corriente año, toda vez que se había procedido con la selección del docente y la convocatoria para las incripciones, según constancias adjuntas a fs. 14 y 15.

Que en la documentación obrante a fs. 3, el docente Guillermo Cacace delega en la Asociación Argentina de Actores, en tanto Proveedor Municipal registrado Nº 5.845, su representación a los fines de proceder con la facturación y cobro de los honorarios por el dictado del Taller Intensivo de Actuación, llevado a cabo en el marco de lo acordado en el Convenio y Anexos suscriptos con UNA, por lo cual se le deberá abonar al Proveedor el seis por ciento (6%) del monto total estipulado oportunamente. 

Que atento a la imputación del gasto obrante a fs. 1 vta. y lo informado por el Departamento Contaduría General a fs. 16 indicando que, de acuerdo a la normativa legal vigente, los procesos de contratación y compromiso deben realizarse previo al inicio de la prestación, por lo cual la presente contratación es observada por "Incumplimiento del proceso de contratación", según Art. 123º del Reglamento de Contabilidad.

Que a fs. 17, la Dirección del Instituto Cultural toma debida nota sobre la observación realizada por la Contaduría General, requiere autorización y hace insistencia para el pago de los servicios prestados.

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- RESUELVE -

PRIMERO: Autorizase al Departamento Contaduría General a liquidar la suma de Pesos Veintiséis Mil Quinientos ($26.500.-), en favor del Proveedor Nº 5845 – Asociación Argentina de Actores, CUIT: 30-52572025-6, destinada al pago de la Factura Tipo “C”- N° 00021-00001083, obrante a fs. 2, en concepto de honorarios  a favor del Sr. Guillermo Cacace, por las actividades llevadas a cabo en el marco del taller intensivo de actuación "El afuera como eje de la creación actoral", los días 30 de junio, 1º y 2º de julio, en el Teatro Municipal, más gastos de representación por la facturación y cobro de honorarios, en un todo acuerdo a lo expuesto en el Considerando.

SEGUNDO: El gasto que demande lo dispuesto en el artículo precedente deberá imputarse a la Fuente de Financiamiento: 110, Jurisdicción: 1110108000, Categoría Programática: 81.00.00, Gasto: 3.4.9.0, del presupuesto de gastos vigente.-

TERCERO: Cúmplase, notifíquese, tome conocimiento Contaduría General, dese al R.O. y ARCHÍVESE.-