Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2879
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/08/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 1, por BENITEZ DAIANA BEATRIZ, D.N.I. Nº 27.195.142, Contribuyente Nº 91.062, mediante la cual solicita se lo exima del pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios actualmente Tasa por Otros Servicios Municipales, por encontrarse encuadrado en la Ley Provincial Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que, de la documentación aportada por la contribuyente BENITEZ DAIANA BEATRIZ, D.N.I. Nº 27.195.142, Contribuyente Nº 91.062 y el análisis realizado por el Departamento Recaudación se desprende que, la actividad llevada a cabo por el recurrente se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº 12.925;
Que, el Artículo Nº 4 de la Ordenanza Nº 12.925 prescribe: “Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda:
Que, el recurrente se encuentra inscripto en la Tasa por Otros Servicios Municipales, bajo el Contribuyente Nº 91.062;
Que, el Departamento Recaudación a fojas 6, sugiere se exima a BENITEZ DAIANA BEATRIZ, D.N.I. Nº 27.195.142, Contribuyente Nº 91.062, del pago de la Tasa por Otros Servicios Municipales desde el 18/03/22 y hasta el 18/03/2024;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
RESUELVE
ARTICULO 1º): Exímir a BENITEZ DAIANA BEATRIZ, D.N.I. Nº 27.195.142, Contribuyente Nº 91.062, en el pago de la Tasa por Otros Servicios Municipales desde el 18/03/2022 y hasta el 18/03/2024, por el primer y segundo año, de acuerdo a lo prescripto por la Ordenanza Nº 12.925 y los considerandos de la presente resolución.-
ARTICULO 2º): Notifícar a BENITEZ DAIANA BEATRIZ, D.N.I. Nº 27.195.142, Contribuyente Nº 91.062, que, atento lo prescripto por el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Nº 12.925 “Las Beneficiarias de la presente y por el plazo que a las mismas se le otorguen, quedan obligadas a suministrar los informes que se les requieran referidos a la actividad promovida, facilitar las verificaciones y/o fiscalizaciones de sus instalaciones a solicitud de la autoridad municipal.
ARTICULO 3º): Notifícar a BENITEZ DAIANA BEATRIZ, D.N.I. Nº 27.195.142, Contribuyente Nº 91.062, que, atento lo prescripto por el Artículo Nº 4 de la Ordenanza Nº 12.925, la renovación de la eximición por un (1) año más deberá ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 4º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Recaudación, hecho ARCHIVAR.-