Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2251

Decreto Nº 2251

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 22/08/2022

Visto la Solicitud de Pedido Nº 4062 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de un cuidador para el Hogar Peumayén y

CONSIDERANDO

Que resulta necesaria la incorporación de un cuidador para el Hogar Peumayén, con el fin de atender las necesidades de los niños y jóvenes alojados en la institución por no encontrarse incluidos en el ámbito familiar. Para ello deberá ejecutar proyectos coordinados con la dirección, incentivar, acompañar las inquietudes y motivaciones de los niños a fin que puedan generar su propio proyecto de vida, entre otras;

Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas, suscripta por Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea;

Que se procedió a la realización del correspondiente procedimiento de selección del personal requerido, la que consta en el Acta  que obra en el Suministro 5603/2021 de la cual surge la selección del Sr. Argüello Raúl Armando, D.N.I. 35.987.521 quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas;

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

-  D E C R E T A  -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; ya que debido a las exigencias que requiere atender las necesidades de niños y niñas resulta necesaria la contratación de una persona, y responde a que si bien existe personal idóneo en las instituciones, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades.

SEGUNDO: Adjudíquese al Sr. Argüello Raúl Armando, D.N.I. 35.987.521, la prestación de servicios técnicos y profesionales como Cuidador en el Hogar Peumayén, a partir del 01 de Septiembre y hasta el 31 de Diciembre de 2022 y por la suma total de pesos trescientos treinta y seis mil ciento cincuenta y nueve con cuatro centavos ($336.159,04.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia.

CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-