Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2427
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 30/08/2022
Visto las presentes actuaciones, originadas por la Secretaría de Salud, para la adquisición de insumos de laboratorio para análisis clínicos, con destino al Centro de Salud Leonor N. Capelli de Ingeniero White - conforme Solicitud de Pedido Nº 3704/2022, y;
CONSIDERANDO:
Que, se efectuó el correspondiente Concurso de Precios N°3704/2022, recibiéndose las propuestas económicas de cuatro (4) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores, de las cinco (5) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación adjuntos de fs. 16 a 20;
Que, a fojas 46 el Secretario de Salud, sugiere adjudicar según la planilla adjunta de fs. 47 a 51, teniendo en cuenta que el item N° 1 sugiere adjudicarlo al proveedor DISTRIBUIDORA URUGUAY S.R.L. ya que es el único que cumple con la calidad mínima requerida y desestima al proveedor BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. dado que las puntas de las agujas Euromix presentan deficiencia de filo, lo que ocasiona lesiones y/o heridas en los pacientes y un mayor consumo por tener que descartar mas de una aguja por cada practica.
Los items N° 2 a 5 sugiere adjudicarlos al proveedor BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. por ser el mas económico que cumple con la marca solicitada por la compatibilidad del equipo, y desestima al proveedor SUAREZ RUBEN el cual cotiza por menor precio pero no cumple con las especificaciones tecnicas requeridas (no cotiza la marca solicitada para la compatibilidad del equipo).
Los items N° 10, 14 y 15 sugiere adjudicarlos al proveedor DISTRIBUIDORA URUGUAY S.R.L. por ser el mas economico que cumple con la marca solicitada por la compatibilidad del equipo y el item N° 27 sugiere se adjudique al proveedor BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. por cumplir con lo solicitado y desestima al proveedor MG PHARMACORP S.R.L. por no cumplir con las especificaciones tecnicas requeridas (el proveedor oferta un producto por 25 determinaciones cuando se solicita 40 determinaciones);
Que, el Jefe de Compras sugiere a fojas 64, se adjudiquen los ítems Nº 1, 7 a 10, 14 a 18, 20 y 33 al proveedor DISTRIBUIDORA URUGUAY S.R.L., los items N° 2 a 6, 11 a 13 y 21 a 30 al proveedor BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L. y los items N° 31 y 32 al proveedor SUAREZ RUBEN OMAR;
Por ello, atento la comparativa de ofertas obrante de fojas 37 a 40, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
DECRETA
ARTICULO 1º): Adjudícase a DISTRIBUIDORA URUGUAY S.R.L. (Proveedor Nº 5.139), la provisión de los ítems Nº 1, 7 a 10, 14 a 18, 20 y 33 por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones técnicas solicitadas, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($357.679,55.-) en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos y a los considerandos de la presente Decreto.-
ARTICULO 2º): Adjudícase a BERNARDO LEW E HIJOS S.R.L (Proveedor Nº 5.214), la provisión de los ítems Nº 2 a 6, 11 a 13 y 27 a 30 por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones técnicas solicitadas, los items N° 21 a 26 por única oferta conveniente a los intereses municipales, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS DIECINUEVE CON DOS CENTAVOS ($325.719,02.-) en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos y a los considerandos de la presente Decreto.-
ARTICULO 3º): Adjudícase a SUAREZ RUBEN OMAR (Proveedor Nº 6.607), la provisión de los ítems Nº 31 y 32 por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones técnicas solicitadas, por la suma total de PESOS CINCO MIL SESENTA Y CUATRO CON VEINTICINCO CENTAVOS ($5.064,25.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos y a los considerandos de la presente Decreto.-
ARTICULO 4°): Déjase constancia que el item N° 19 no se adjudica debido a que las ofertas superan ampliamente el valor preventivo.-
ARTICULO 5°): Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota a sus efectos Departamento de Compras, y demás dependencias municipales que correspondan; hecho: ARCHIVESE.-