Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2322
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 24/08/2022
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Erzetic Maria Paula, en carácter de titular, inscripta bajo la CUIT Nº 27-23139373-7, para la tenencia de un lote en el Parque Industrial de esta ciudad, y;
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 2 Erzetic Maria Paula, CUIT N° 27-23139373-7 manifiesta que la parcela identificada catastralmente como Circunscripción II, Sección D, Chacra 385 A, Fracción VIII, Lote, será utilizada por la mencionada firma, cuya actividad principal es "Deposito y venta de piedras y mármoles";
Que, de fojas 4 a 8 el Departamento Catastro Territorial informa que el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección D, Ch. 385 A, Fracción VIII - Parcela 7, Partida 171602, se encuentra ubicado en el Parque Industrial de Bahía Blanca;
Que, a fs. 9 obra nota donde se solicita se autorice la instalación de una marmoleria en el Parque Industrial y a fs. 12/13 obra la solicitud de lote en el Parque Industrial de Bahía Blanca ambas presentadas por Erzetic Maria Paula, DNI 23.130.373;
Que, el Director General de Planificación y Desarrollo Urbano a fs. 16 informa que el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección D, Ch. 385 a, Fracción XII - Parcela 7, pertenece a la Zona Industrial I2 del Código de Planeamiento Urbano la cual se califica como " industrias de mediana envergadura tendientes a afirmar las características existentes del parque industrial" y según cuadro N°4 " Clasificación de los depósitos según molestias" está encuadrado en grado de molestia III y se encuentra permitido en la zona I2 sin restricciones;
Que, a fs. 24 obra comprobante de pago donde se ha abonado el total del valor del terreno;
Que, a fs. 25 el Jefe de División Promoción Industrial manifiesta que se han realizado modificaciones en el Acta que fue visada oportunamente y solicita el pase a la División de Inspecciones de Mantenimiento Urbano a efectos de que se realice una inspección de la parcela;
Que, a fs. 26 obra Acta de Inspección N° 3134 la cual informa que en la Partida N° 171602 se observa un galpón de chapa, materiales (piedra, tierra), el cual no posee cartel de identificación de la empresa, pero si observa actividad actividad normal;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades y ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Aprobar en todas sus partes el Acta de Permiso de Uso Precario y Condicionado celebrado entre esta MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA y ERZATIC MARIA PAULA, C.U.I.T. Nº 27-23130373-7, por una fracción de terreno identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección D, Chacra 385 a, Fracción VIII, Parcela 7, Partida 171602, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente decreto.
ARTÍCULO 2°: Elevar al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación, Cumplir, notificar, tomar nota Oficina de Promoción Industrial, Departamento Catastro, comunicar al Consorcio de Parque Industrial, dar al R.O., hecho ARCHIVAR.-