Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2042

Decreto Nº 2042

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 11/08/2022

Visto la Solicitud de Pedido Nº 4005 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales como cuidadora de niños y niñas en Casa Abrigo 1; y

CONSIDERANDO

Que resulta necesaria la incorporación de una cuidadora de Casa Abrigo 1, a fin de atender las necesidades de las niñas y niños de 2 a 6 años, que se encuentran con medida de abrigo y alojados en la institución; sus funciones, entre otras, serán cuidar la integridad física de las niñas y niños a su cargo, acompañar en las actividades fuera de la institución, acompañar e incentivar sus inquietudes y/o motivaciones, inculcar hábitos saludables, asistir a las reuniones de personal; según solicitud de pedido a fs. 1 y nota de solicitud de la Dirección de la mencionada Institución que obra a fs. 2;

Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas, suscripta por Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea;

Que se realizó el correspondiente proceso de selección del personal requerido, del cual surge la selección de la Sra. OYANARTE COLLI, Macarena Sabina, D.N.I. 33.369.591 según Acta de Selección que corre por suministro Nº2596/2022, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios para continuar cumpliendo las tareas asignadas;

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; ya que debido a las exigencias que requiere atender las necesidades de niños y niñas de 2 a 6 años resulta necesaria la contratación de una persona, y responde a que si bien existe personal idóneo en las instituciones, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mimas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades.

SEGUNDOAdjudíquese a la Sra. OYANARTE COLLI, Macarena Sabina, D.N.I. 33.369.591la prestación de servicios como cuidadora de Casa Abrigo 1, a partir del 01 de Septiembre y hasta el 31 de Diciembre de 2022, y por la suma total de pesos trescientos treinta y seis mil ciento cincuenta y nueve con cuatro centavos ($336.159,04), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Dirección de Casa Abrigo 1.

CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-