Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2040

Decreto Nº 2040

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 11/08/2022

Visto la Solicitud de Pedido N° 4026 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales para desempeñar funciones en el equipo de Servicio Local Las Villas Oeste como abogado; y

CONSIDERANDO

Que resulta necesaria la prestación de servicios de una persona para formar parte del equipo técnico del Servicio Local Las Villas Oeste, que desempeñe tareas de abogada, a efectos de trabajar en el abordaje de situaciones de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes,

Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia; la cual responde a que si bien existe personal en el Servicio Local con la misma profesión, no podría ocupar dicho espacio por ser parte integrante de otro Equipo Técnico cumpliendo cotidianamente con las tareas asignadas, y si temporalmente se asignará a uno de ellos para cubrir dicha vacante quedaría el Equipo correspondiente incompleto impidiendo así cumplir con la función específica en tiempo y forma; considerando asimismo que cada Equipo Técnico desarrolla sus tareas en una jurisdicción territorial designada.

Que se realizó el correspondiente proceso de selección según las actuaciones del expediente Nº5579/2021, del cual surge la selección de la señora Folador Laura Erika, D.N.I 26.114.584, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para continuar cumpliendo con las tareas asignadas. Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; la cual responde a que si bien existe personal en el Servicio Local con la misma profesión, no podría ocupar dicho espacio por ser parte integrante de otro Equipo Técnico cumpliendo cotidianamente con las tareas asignadas, y si temporalmente se asignará a uno de ellos para cubrir dicha vacante quedaría el Equipo correspondiente incompleto impidiendo así cumplir con la función específica en tiempo y forma; considerando asimismo que cada Equipo Técnico desarrolla sus tareas en una jurisdicción territorial designada.

SEGUNDO: Adjudíquese a la señora Folador Laura Erika, D.N.I 26.114.584, la prestación de servicios como Abogada del Servicio Local sede las villas oeste, a partir del 1 de Septiembre y hasta el 31 de Diciembre de 2022, y por la suma total de pesos trescientos treinta y seis mil ciento cincuenta y nueve con cuatro centavos ($336.159,04), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

TERCEROSe procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Coordinación del Servicio Local.

CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-