Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº2637

Resolución Nº 2637

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 09/08/2022

Visto las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fs. 10 del expediente Nº 0-1103/2019 y a fs. 2 de los expedientes N° 0-6898/2021 y 0-286/2022, por VAZQUEZ MARCELO FABIAN, DNI 17.460.328, mediante la cual solicita el otorgamiento de los beneficios estipulados en los Artículos Nº 80 y Nº 6 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente, a la Partida Nº 82.814, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo Nº 80 de la Ordenanza Fiscal vigente, establece: Los propietarios y/o poseedores a título de dueño de un único bien inmueble baldío, en el cual proyectan construir su vivienda única, gozarán de un descuento en la tasa total liquidada de acuerdo con lo que establezca la Ordenanza Impositiva"

Que el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Impositiva vigente, dispone que “Para los casos comprendidos dentro de lo establecido en el Artículo 80º de la Ordenanza Fiscal, la tasa total liquidada gozará de un descuento del 80%."

Que, el Departamento de catastro manifiesta a fs. 5/6 del expediente N° 0-6898/2021 y a fs. 4/5 del expediente N° 0-286/2022, que la Partida N° 82.814 cumple con las condiciones establecidas en el Art. 80 de la Ordenanza Fiscal 2021 y 2022;

Que, el Departamento Recaudación manifiesta a fs. 6 del expediente N° 0-286/2022, que atento a que la nota de solicitud Nº 314-2056/2020 obrante a fs. 10 del expediente Nº 0-1103/2019 tiene como fecha de ingreso 14/12/2020 sugiere otorgar un descuento del 80% en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, desde la cuota 01/2021 a 12/2022 de la partida inmobiliaria N° 82.814;

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º: Reducir a la Partida Nº 82.814, en un 80% el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, a partir de la cuota 01/2021 a 12/2022, en un todo de acuerdo a lo normado en los Artículos Nº 80 y Nº 6 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2021 y 2022, y a los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 2º: Cúmplir, notifícar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Recaudación, hecho ARCHIVAR.-