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Resolución Nº277

Resolución Nº 277

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 05/08/2022

Visto las presentes actuaciones referentes al sumario administrativo iniciado a los agentes Paula Daniela Quinteros, Legajo Nº 15.149, Yesica Noelia Goicochea, Legajo N° 16.432, María Angélica Acevedo, Legajo N° 15.405 y Alberto De Uribe Echeverría, Legajo N° 12.333,  por Resolución Nº 4-160-19 que obra a fs. 20, respecto a presuntas irregularidades relacionadas con la entrega de materiales de construcción en el depósito municipal ubicado en calle Pacifico N° 281 el día 04 de febrero de 2019  y,

Considerando

Que a fs. 20 se ordena mediante la Resolución N° 4-160-2019 la sustanciación de un sumario administrativo a los agentes Paula Daniela Quinteros, Legajo Nº 15.149, Yesica Noelia Goicochea, Legajo N° 16.432, María Angélica Acevedo, Legajo N° 15.405 y Alberto De Uribe Echeverría, Legajo N° 12.333, en virtud de la denuncia penal radicada en Fiscalía General,

Que de fs. 21 a fs. 28 consta las cedulas de notificación y la notificación de cada uno de los agentes mencionados precedentemente,

Que a fs. 29 consta la designación y aceptación de María Isabel Santiago y Javier Casabone como instructores Sumariantes,

Que de fs. 36 a fs. 43 constan las declaraciones testimoniales de los testigos citados por los instructores Sumariantes,

Que a fs. 52 obra Resolución 544/2019 donde se prorroga el plazo del sumario iniciado por Resolución N° 4-160-2019,

Que a fs. 56 el Instructor Sumariante solicitó información a la U.F.I.J N° 10 respecto al estado de la I.P.P N° 02-00-003935-19 y copia íntegra de las mismas, las cuales constan de fs. 63 a fs. 305,

Que a fs. 62 la U.F.I.J N° 10 respondió que la I.P.P N° 02-00-003935-19 se encuentra en plena etapa investigativa,

Que a fs. 307/308 consta el dictamen presentado por la Dirección General de Técnica Jurídica,  donde ordenan la suspensión del presente sumario hasta que la justicia penal se expida respecto a la I.P.P N° 02-00-003935/19/00,

Que a fs. 309 obra la Resolución N° 19/2020 donde se dispone la suspensión del presente sumario administrativo, iniciado por Resolución N° 4-160-2019, y prorrogado por Resolución N° 544/2019,

Que a fs. 313 la Dirección General de Técnica Jurídica informó que a causa de la modalidad home office implementada por la Pandemia COVID-19 y en concordancia con la Resolución N° 209/2020, dispuso la asignación del presente sumario de manera exclusiva al Dr. Javier Casabone,

Que según consta en el presente expediente, el instructor sumariante ha corroborado periódicamente el grado de avance de la I.P.P N° 02-00-003935/19/00,

Que a fs. 360, la U.F.I.J N° 10 en el marco de la Investigación Penal Preparatoria PP-02-00-3935/19/00 informó que la mencionada causa ha sido archivada con fecha 08 de Junio de 2022,

Que el instructor sumarial en virtud de lo expuesto en el presente expediente entiende que "si bien se falsificaron los datos de los vales emitidos, no pudo comprobarse la autoría de dicha maniobra''. Por todo lo expuesto y no habiéndose probado la autoría de los hechos descriptos, lo resuelto archivar las presentes actuaciones, de conformidad con lo normado en el artículo 268 del Código Procesal Penal.

Por lo expuesto y a efectos de dictar el acto administrativo correspondiente, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

PRIMERODispóngase el sobreseimiento de los agentes Paula Daniela Quinteros, Legajo Nº 15.149, Yesica Noelia Goicochea, Legajo N° 16.432, María Angélica Acevedo, Legajo N° 15.405 y Alberto De Uribe Echeverría, Legajo N° 12.333,  del sumario iniciado por Resolución Nº 4-160-2019 y prorrogado por Resolución N° 544/2019, y el archivo del expediente N° 634-1182-2019 en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerados de la presente.

SEGUNDO: Cúmplase, notifíquese, tome nota la Subsecretaria de Desarrollo Social, dese al R.O. ARCHIVESE.-