Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2215
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 18/08/2022
Visto el Pedido de Adquisición Nº 4054 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de una cuidadora de jóvenes varones de entre 12 y 18 años, en el Hogar del Adolescente;
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios como cuidador del Hogar del Adolescente, a fin de atender a jóvenes de 12 hasta 18 años, al tratarse de un dispositivo convivencial, por lo que requiere de un perfil determinado y específico para ser el referente inmediato del adolescente durante las 24hs del día; algunas de las funciones que cumplirá, entre otras, serán generar y ejecutar proyectos propios, acompañando e incentivando a los adolescentes en sus propios proyectos, acompañar en las diferentes actividades fuera y dentro de la institución, cuidar de su integridad física,
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, donde consta que si bien existe personal idóneo en las Instituciones en el área de la Subsecretaría, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades, la misma fue suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia;
Que se realizó el correspondiente procedimiento de selección, en base a toda la documentación oportunamente evaluada según las actuaciones que corren por expediente Nº519R-5597/2021 de la que surge la señora Diana Grizia, D.N.I 13.461.274, quien cumple de manera muy satisfactoria con las tareas asignadas. Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, que si bien existe personal idóneo en las Instituciones en el área de la Subsecretaría, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades. Dicho profesional deberá contar con condiciones de idoneidad para trabajar en la Institución con adolescentes.
SEGUNDO: Adjudíquese a la señora Diana GRIZIA, D.N.I. 13.461.274 la prestación de servicios como cuidadora para desempeñar tareas en el Hogar del Adolescente, a partir del 1 de Septiembre y hasta el 31 de Diciembre de 2022 y por la suma total de pesos trescientos treinta y seis mil ciento cincuenta y nueve con cuatro centavos ($336.159,04.-) en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Dirección del Hogar del Adolescente.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-