Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2213
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 18/08/2022
Visto el Pedido de Adquisición Nº 4059 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de un cuidador de niños y adolescentes en el Hogar del Adolescente, institución convivencial dependiente de la mencionada Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y familia; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios como cuidador del Hogar del Adolescente, a fin de atender a jóvenes de 12 hasta 18 años, al tratarse de un dispositivo convivencial, por lo que requiere de un perfil determinado y específico para ser el referente inmediato del adolescente durante las 24hs del día; algunas de las funciones que cumplirá serán: Generar y ejecutar proyectos propios en acuerdo con la dirección de la institución que sean del interés de los adolescentes en el acompañamiento e incentivando inquietudes, hábitos u otras motivaciones de los adolescentes con el fin de que puedan construir su propio proyecto de vida, acompañar a los jovenes en diferentes actividades realizadas dentro y fuera de la Institución, cuidar la integridad fisica de los adolescentes a su cargo, entre otras;
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas, suscripta por la Subsecretaria de Niñez, Adolescente y Familia, dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea;
Que se realizó el correspondiente procedimiento de selección del personal requerido, según obra en las actuaciones que corren por expediente Nº519R-3464/2022, de la cual surge la selección del señor Matias Nicolás PARROTTI, D.N.I. 43.040.142 quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas;
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, que si bien existe personal idóneo en las Instituciones en el área de la Subsecretaria, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las atreas ordinarias de las mismas, la cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades. Dicho profesional deberá contar con condiciones de idoneidad para trabajar en la Institución con adolescentes.
SEGUNDO: Adjudíquese al señor Matias Nicolás PARROTTI, D.N.I. 43.040.142 la prestación de servicios como cuidador de jóvenes para desempeñar tareas en el Hogar del Adolescente, a partir del 1 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2022 y por la suma total de pesos trescientos treinta y seis mil ciento cincuenta y nueve con cuatro centavos ($336.159,04), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Dirección del Hogar del Adolescente.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-