Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2161
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 17/08/2022
Visto el Pedido de Adquisición Nº 4108 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación servicios técnicos y profesionales como Psicólogo en el marco del Convenio de Responsabilidad Compartida Envión sede Caracol; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios de una persona para cumplir funciones como Psicólogo en el Marco del Programa Envión, dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, realizando visitas y reuniones por intervenciones familiares, seguimiento de situaciones habitacionales de las familias que participan en el Programa, reuniones con el Equipo Técnico, reuniones con los Servicios Locales, realización y seguimiento de ayudas económicas, realización de informes socio ambientales,
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, suscripta por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia para llevar a cabo las tareas requeridas, ya que si bien existe personal idóneo dentro del área, esta no puede ser ocupada en la actividad debido a que se utiliza a todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las Instituciones, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades,
Que se procedió a la realización de la correspondiente selección de personal requerido, según las actuaciones que corren por expediente Nº 5647/2020, de la cual surge la selección del Sr. Martín Giménez DNI 38.923.455, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas;
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que si bien existe personal idóneo dentro del área, esta no puede ser ocupada en la actividad debido a que se utiliza a todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las Instituciones, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades. Dentro de las actividades a desarrollar se encuentra la visita a las instituciones del barrio junto a tutores, reunión con tutores del programa, planificación y ejecución de los talleres de reflexión, inscripción de participantes nuevos, planificación y organización de festivales y/o eventos, entre otras.-
SEGUNDO: Adjudíquese al Sr. Martín Giménez, D.N.I. 38.923.455, la prestación de servicios técnicos y profesionales como Psicólogo para desempeñar tareas en el Programa de Responsabilidad Compartida Sede Caracol, a partir del 1 de Septiembre y hasta el 31 de Diciembre de 2022, y por la suma total de pesos ciento cuarenta y nueve mil quinientos sesenta y siete con sesenta centavos ($149.567,60.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Coordinación del Programa Envión.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-