Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2152
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 17/08/2022
Visto la Solicitud de Pedido Nº 4395 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de un cuidador de niñas y jovenes alojadas en la institución convivencial; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la incorporación de una cuidadora para el Hogar Cantilo, a fin de atender las necesidades de las niñas y jóvenes, alojadas en la mencionada institución, por lo cual, deberá ejecutar proyectos propios, de acuerdo con la dirección, que sean de interés de las niñas y/o adolescentes, acompañar e incentivar las inquietudes y/o motivaciones, a fin de que puedan generar su propio proyecto de vida, asistir a reuniones del personal, acompañar a las jovenes en las actividades que realizan fuera de la institución, cuidar su integridad física, entre otras,
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas, suscripta por Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea;
Que se procedió a la realización del correspondiente procedimiento de selección del personal requerido, según el Acta de Selección que consta a fs. 7,
Que surge la selección de la Sra. Patricia Andrea Fabri, D.N.I 22.053.554, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas. Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; ya que debido a las exigencias que requiere atender las necesidades de las jovenes y adolescentes, resulta necesaria la contratación de una persona, y responde a que si bien existe personal idóneo en las instituciones, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades.
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Patricia Andrea Fabri, D.N.I 22.053.554, la prestación de servicios como cuidadora de jóvenes de la Institución Cantilo, a partir del 1 de Septiembre y hasta el 31 de Diciembre de 2022, y por la suma total de pesos trescientos treinta y seis mil ciento cincuenta y nueve con cuatro centavos ($336.159,04.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia.
CUARTO: Cúmplase, notifiquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-