Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2139
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 17/08/2022
Visto el Pedido de Adquisición Nº 4393 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de una cuidadora para la Casa de Abrigo II; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la incorporación de una cuidadora que esté capacitada para atender las necesidades de niños de entre 6 y 12 años con derechos vulnerados que se encuentran alojados en Casa de Abrigo II. Algunas de las funcionas a desarrolar dentro de la institución serán: la planificación de actividades recreativas, festejos de cumpleaños y otros eventos, ayuda a que los niños realicen las tereas de apoyo escolar, fortalecer los valores, contener afectivamente a los niños y niñas, y estimular los valores y fortalecer los habitos entre otras;
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas, suscripta por Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea;
Que del Acta que consta en el expediente 713R-3930-2022, surge la selección de la Sra. Stephanie BEITELEZTN, D.N.I. 38.231.311, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para desempeñar las tareas asignadas;
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; ya que debido a las exigencias que requiere atender las necesidades de niños que se encuentran alojados en las instituciones, resulta necesaria la contratación de una persona, y responde a que si bien existe personal idóneo en las instituciones, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades.
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Stephanie BEITELEZTN, D.N.I. 38.231.311 la prestación de servicios técnicos y profesionales como cuidadora para desempeñar tareas en la institución Casa Abrigo II, a partir del 1 de Septiembre y hasta el 31 de Diciembre de 2022, y por la suma total de pesos trescientos treinta y seis mil ciento cincuenta y nueve con cuatro centavos ($336.159,04.-) en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Dirección de Casa de Abrigo II.
CUARTO: Cúmplase, notifiquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-