Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1983

Decreto Nº 1983

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/08/2022

Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios  definitiva correspondiente al Certificado Nº 2 de la obra: “AMPLIACIÓN EDILICIA ESCUELA PRIMARIA N° 69”, ejecutada por la empresa DAWSE INGENIERÍA S.R.L. y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 3 el Departamento Proyectos y Obras informa por expte. N°410-5997-2002 (HCD-855-2000), Decreto N°823/2002, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 2113 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contratos de obras públicas.

Que se elevan planillas de análisis de precios redeterminados del certificado Nº 2, para la obra a cargo de la Empresa DAWSE INGENIERÍA S.R.L.., cuya Fecha de licitación: 26/05/2021, Fecha de Contrato: 01/07/2021, Acta de Replanteo: 06/09/2021, Plazo de obra: 180 días, Fin de Plazo de Obra: 05/03/2022.

Que el Departamento Proyectos y Obras ha analizado la presentación de la redeterminación de precios definitiva de la empresa DAWSE INGENIERÍA S.R.L., según el criterio de los dictámenes emitidos por las oficinas legales de este Municipio dando conformidad de los mismos y se aclara que fueron presentados en tiempo y forma.

Que se analiza la variación de precio de la obra faltante considerando como mes base MAYO - 2021, fecha de licitación y  mes corte SEPTIEMBRE -  2021; correspondiente al mes de ejecución del certificado de obra N° 1, donde se puede observar una variación de precios del 15,56 % superior al 5 % que especifica la reglamentación.

Que en relación al Certificado Nº 2, el Departamento Técnico informa que verificó que para el mes de ejecución de los trabajos (OCTUBRE 2021) no existió una variación que represente una disminución del precio del 5% con respecto a los últimos índices SEPTIEMBRE 2021.  Según  el análisis los últimos índices aprobados SEPTIEMBRE - 2021 surge:

Mes de ejecución de los trabajos: OCTUBRE 2021.
Fecha de Certificación: 2 de NOVIEMBRE 2021.
Fecha de publicación indices de OCTUBRE 2021: 20 DE ABRIL DE 2022.
Fecha de Presentación empresa: 02/05/2022.

Importe Certificado Importe Redeterminado Nº 2:                                     $ 1.038.533,29
Importe Certificado Base Nº 2:                                                                  $ 1.179.886,86
Diferencia de monto del Certificado Nº 2:                                                  $    141.353,57
Deducción por anticipo financiero:                                                             $      28.270,71
Diferencia a abonar por certificado Nº 2:                                                   $     113.082,86

Total a abonar CERTIFICADO N° 2 (DEFINITIVO):                                 $    113.082,86

El incremento en porcentaje del certificado N° 2 redeterminado, respecto al certificado 2 a valores de contrato es de 13,61 %.

Que a fojas 64 el informe de la asesora letrada de esta Secretaría deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido  de redeterminación  conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Bases y Condiciones de la obra.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

Artículo 1º: Aprúebase la Redeterminación de Precios Definitiva presentada por la empresa DAWSE INGENIERÍA S.R.L. por el Certificado N.º 2 de la obra: “AMPLIACIÓN EDILICIA ESCUELA PRIMARIA N° 69, resultando la suma a abonar de $ 113.082,86 (PESOS CIENTO TRECE MIL OCHENTA Y DOS CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 416R-4332-2022.-

Artículo 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 62.01.00, Gasto 5.4.6.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-

Artículo 3°: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-

Artículo 4º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la orden de compra correspondiente, notifíquese a la firma DAWSE INGENIERÍA S.R.L. por intermedio del Departamento Proyectos y Obras, tome conocimiento el citado Departamento. Cumplido; ARCHÍVESE.-