Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº1829/22

Decreto Nº 1829/22

Publicado en versión extractada

General Pueyrredon, 05/08/2022

ARTÍCULO 1°- Modifícase la Planta de Personal Permanente del Ente Municipal de Deportes y Recreación, convirtiendo los cargos que se mencionan a continuación, a partir de la fecha:

 

C.F. BAJA          DENOMINACIÓN                   CF.ALTA               DENOMINACIÓN

 

7-01-71-01  Personal de Servicio Inicial        4-10-74-03                   Técnico II

 

ARTÍCULO 2º.-  Dase de alta, a partir de la fecha de su notificación, a la agente ANTONELA CAROTENUTO – Legajo N° 31172 – CUIL. 23-31638650-4,  en el cargo: TECNICO II con 45 horas semanales - CF. 4-10-74-03- en la Planta de Personal Permanente del Ente Municipal de Deportes y Recreación – U.E 01-02-0-0-0-00; dándosele de baja del cargo TECNICO II - CF. 4-10-74-03 - Número de Orden 20553 -, dependiente de la División Ingresos de Personal de la Dirección de Personal - Secretaría de Gobierno – UE 02-18-2-1-3-03, y por finalizado el pago de las bonificaciones que venía percibiendo.

 

ARTÍCULO 3º.- Otórgase, a partir de la fecha de su notificación la Bonificación Remunerativa de un 10% sobre el salario de un Obrero Inicial con 44 horas semanales a la agente ANTONELA CAROTENUTO – Legajo Nº 31172– quien cumple funciones en el Ente Municipal de Deportes y Recreación.

 

ARTICULO 4º.- Otórgase a partir de la fecha de notificación, a la Agente ANTONELA CAROTENUTO – Legajo Nº 31172 - un Fondo Compensador cuyo monto corresponde al Grupo Ocupacional Técnico Nivel 10 con 45 hs semanales de PESOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA CINCO CON  19 CTVS ($22685,19).

          

ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande lo dispuesto en el Artículo 2º del presente Decreto deberá imputarse a: U.O. 01-02-0-0-0-00 – Programa 16 – Actividad 01 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida parcial  1 – Partida Subparcial 4 Personal Técnico del Presupuesto de Gastos vigente.

 

ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande lo dispuesto en el Artículo 3º del presente Decreto deberá imputarse a a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Programa 16, Actividad 01, Inciso 1, Partida Principal 1, Partida Parcial 3, Partida Sub Parcial 8 Bonificación Remunerativa del Presupuesto de Gastos vigente.

 

ARTÍCULO 7º.- El egreso que demande lo dispuesto en el Artículo 4° del presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Programa 16 – Actividad 01 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida parcial 3 – Partida Subparcial 4 Fondo Compensador del Presupuesto de Gastos vigente.

 

ARTÍCULO 8º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación y Secretario de Gobierno.

 

ARTÍCULO 9º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de  Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.

Wgr

 

            MACCIO   BONIFATTI  MONTENEGRO

 

REGISTRADO BAJO Nº 1829