Boletines/Pinamar

Ordenanza Nº6183/2022

Ordenanza Nº 6183/2022

Pinamar, 10/06/2022

VISTO:
El Expediente Nº 4123-3025/21 Cuerpo 1 caratulado Proyecto de
Ordenanza VEREDAS GENERALES DEL PARTIDO DE PINAMAR; Y
CONSIDERANDO:
Que el mismo tramita la Ordenanza de Veredas generales del Partido de
Pinamar;
Que producto de lo expresado se sancionó recientemente la Ordenanza
Nº 6048/21 , la cual presenta un error involuntario en el PUNTO 6, ANEXO I;
Que se debe subsanar dicha falencia a través de la presente.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que
le son propias sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 6183/2022

ORDENANZA

ARTICULO 1: Modifíquese PUNTO 6 del ANEXO I de la Ordenanza Nº 6048/21 que
quedara redactado de la siguiente manera:
6. ACCESOS A COCHERAS/ESTACIONAMIENTOS: En el caso de lotes
ubicados en zonas comerciales o multifamiliares como asi tambien los unifamiliares,
no se permitirá hacer uso de todo el frente del terreno para uso e ingreso de
estacionamiento.
El ingreso para estacionamiento se resolverá mediante un ingreso y
dentro del terreno se realizará la maniobra de estacionamiento y el uso del espacio
será resuelto de forma tal que el resto del frente del terreno quede libre (verde o uso
comercial).
Solo se admitirán dos ingresos (uno a cada lado de los ejes medianeros)
cuando el lote sea multifamiliar y se proyecten dos unidades funcionales. En ese
caso se admitirán dos ingresos a cochera/estacionamiento. Si el multifamiliar contará
con más de dos unidades funcionales el ingreso/egreso será único y el
estacionamiento y maniobras se resolverá dentro del terreno. Se determina un
ingreso vehicular cada 20 metros de frente o por parcela en caso de ser esta menor.
En caso de unificación de parcelas, cuando dicha unificación alcance los 40 metros
se permitirá un segundo ingreso/egreso vehicular."
ARTICULO 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial,
cumplido, archívese.-