Boletines/Pinamar
Decreto Nº 1010/2022
Pinamar, 18/04/2022
Visto
El Expediente 4123-0030/17; y
Considerando
El alto fin comunitario que persigue el proyecto del que tratan estas actuaciones;
Que los obrados son sobre un programa de promoción y circulación de Rifa, a efectos que los fondos recaudados sean destinados al normal funcionamiento y costos fijos de la Asociación Cooperadora Escuela Nº 3 Bernardino Rivadavia;
Que con la documentación de fs. 93/96 y 99/100 se cumplimentó los extremos que exige la normativa que regula la materia (Ordenanza 972/81);
Que el ente peticionante ha llevado adelante años anteriores la circulación en cuestión, no teniendo inconvenientes de ninguna índole;
Que a fs. 98 obra dictamen favorable de la Asesoría Letrada comunal;
Que se debe proceder a la redacción del acto administrativo correspondiente.
Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, DECRETA
Artículo 1º.- Autorizase la promoción y circulación de una Rifa organizada por la Asociación Cooperadora Escuela Nº 3 Bernardino Rivadavia, conforme a la Ordenanza 972/81, que la autorizada declara conocer y aceptar en toda la extensión de los derechos, obligaciones y responsabilidades que la misma impone librando a la Municipalidad de Pinamar de toda consecuencia emergente.-
Artículo 2º.- Se deja establecido que por tratarse de una Cooperadora Escolar, la misma se encuentra exceptuada del compromiso de efectuar depósito del 5% del monto total de la rifa, destinado al Fondo Benéfico que estipula el Inciso a) del Artículo 6º de la Ordenanza Nº 972/81.-
Artículo 3º.- Obra en las actuaciones del presente el programa de circulación de la Rifa mentada, como así también premios y otras características vinculadas a la promoción citada.-
Artículo 4º.-Dese al Registro Oficial del municipio y notifíquese. Cumplido, archívese.-