Boletines/Pinamar
Decreto Nº 0951/2022
Pinamar, 18/04/2022
Visto y considerando
Que la Secretaría de Salud en Nota GDE Nº 2022-00011460 informa que el Dr. Jorge Lucero DNI. 25.708.520, Legajo 3456, presento la renuncia al cargo de Director Médico General del Hospital Comunitario Pinamar;
Que se torna necesaria la aceptación de la misma, con retroactividad al día 20 de abril de 2022, y paralelamente designar otro profesional que conduzca los destinos de la dependencia mentada;
Que el profesional con el perfil indicado es el Dr. Alejandro Caisson DNI 20.258.325, Legajo 4223, personal de planta permanente de esta comuna, que ostenta en la actualidad el cargo de Médico Especialista Jerarquizado por 48 horas;
Que a su vez, se debe contemplar el otorgamiento al Dr. Caisson Alejandro, de una Bonificación por Función equivalente al 70% setenta por ciento del sueldo básico mensual del cargo de planta permanente citado;
Que se debe traducir lo expresado a través del acto administrativo correspondiente, en concordancia con la autorización de la Jefatura de Gabinete expedida por Nota GDE Nº00011630.
Por ello: El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aceptase con retroactividad al día 20 de abril de 2022, la renuncia del Dr. Jorge Lucero, Legajo 3456, al cargo de Director Médico General del Hospital Comunitario Pinamar.-
ARTÍCULO 2°.- Designase con retroactividad al día 22 abril de 2022 y hasta tanto se resuelvan los concursos previstos en el marco de la Carrera Sanitaria Municipal, al Dr. Caisson Alejandro, Legajo 4223, como Director Médico General del Hospital Comunitario de Pinamar, otorgándole además una Bonificación por Función equivalente al 70 % del sueldo básico mensual de Médico Especialista Jerarquizado por 48 horas, cargo de planta permanente que el profesional ostenta y se le reintegrará cuando quede sin efecto la designación dispuesta en el presente.-
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese por la Secretaría de Salud y/o Dirección de Personal, desde al Registro Oficial del Municipio y cumplido, archívese.-