Boletines/Balcarce
Resolución Nº 33/22
Balcarce, 28/07/2022
Visto
La organización del primer ciclo de feminarios “Balcarce Dialoga”, organizado por la Colectiva Julieta Lanteri, cuyo eje fue “Cannabis Medicinal”, y
Considerando
Que se ha implementado en cuatro encuentros consecutivos, los días miércoles 22 y 29 de junio, y 6 y 13 de julio de 2022; donde se abordaron aspectos legislativos, normativos, judiciales, educativos, de género, médicos y sanitarios por personas de renombre y de alta formación tanto de nuestra comunidad como de la región; con el acompañamiento del INTA y del gremio APINTA.
Que la creación de la Colectiva Julieta Lanteri en nuestra comunidad fue acompañada por el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género, y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires.
Que la Colectiva Julieta Lanteri se encuentra en el “Registro Nacional de Organizaciones Sociales que abordan temáticas de Género y Diversidad” perteneciente al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación.
Que en 2017 se creó Ley Nro27350 de “investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados” cuyo objeto es: “establecer un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud”, donde se autoriza el uso terapéutico y paliativo del cannabis.
Que ya se ha creado la reglamentación de esta legislación en 2020,dando origen al Registro del Programa de Cannabis (REPROCAN), entre otros aspectos.
Que en mayo de 2022 se promulgo la ley N° 27669 “Marco regulatorio para el desarrollo de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial” , donde dicha legislación busca crear 10.000 puestos de trabajo en los próximos 10 años, 500 millones de dólares en ventas al mercado interno y 50 millones de dólares de exportación;
Que demás, se creará la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) la que tendrá entre sus funciones regular, administrar y fiscalizar toda la cadena productiva de cannabis y cáñamo. Como así también la de otorgar y administrar autorizaciones para producción y comercialización, con especial atención a PyMES, cooperativas y economías regionales;
Que la agencia estará compuesta por los ministerios nacionales de Desarrollo Productivo; Salud; Agricultura, Ganadería y Pesca; Ciencia, Tecnología e Innovación; y Seguridad. Será asistida, en tanto, por el Consejo Federal compuesto por todas las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que entre los beneficios de la legislación para el conjunto de la sociedad está la oferta de este producto medicinal para garantizar mejor acceso a la salud; la creación de puestos de trabajo directo e indirecto; el aumento de las exportaciones;
Que se generan oportunidades para el desarrollo productivo de varias provincias y la reconversión del sector tabacalero; el desarrollo de nuevos proveedores, tanto desde el desarrollo genético, el agro 4.0, el equipamiento tecnológico y productos fitosanitarios;
Que se crearon nuevos encadenamientos productivos como el cannabis medicinal (farmacéutica, fitoterapéutica, cosmética) y el cáñamo industrial (textiles, papel, alimentos, materiales para la construcción, entre otros).
Que Argentina cuenta con una robusta red de investigación científica y con un entramado de laboratorios públicos y privados, y que tiene actualmente unas 22 iniciativas provinciales y 80 municipales.
Que el consumo de cannabis con fines terapéuticos sucede hace miles de años, y donde la población ha dado amplias muestras de ser un tema de la agenda pública, de interés individual y comunitario, demandado, donde se solicita información científica tecnológica.
Que la temática tratada en los feminarios aportó a la deconstrucción de mitos, miedos y prejuicios; generó información certera y respondió a la necesidad y expectativas de quienes padecen dolores, enfermedades, propias o de su familia.
Que el artículo 2 de la Ley Nacional N ro 25467 CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION establece los objetivos de la política científica y tecnológica nacional, entre los cuales están: a) Difundir, transferir, articular y diseminar dichos conocimientos; b) Contribuir al bienestar social, mejorando la calidad de la educación, la salud, la vivienda, las comunicaciones y los transportes; c) Garantizar la igualdad en oportunidades para personas, organismos y regiones de la Nación.
Que en vínculo con el punto anterior, los organismos de Ciencia y Tecnología, como el INTA, el CONICET y la Universidad Nacional de Mar del Plata son partícipes del sistema de ciencia y tecnología nacional y tienen la obligación de poner a disposición de la sociedad conocimientos e información, tal como lo han hecho en el curso en cuestión.
Que el ciclo sobre Cannabis Medicinal ha generado encuentros entre representantes del poder ejecutivo, legislativo y judicial con la comunidad de Balcarce.
Que los cursos de esta naturaleza son una oportunidad para abordar estos temas desde múltiples disciplinas y enfoques, y tienden al crecimiento y desarrollo de Balcarce.
Que no es menor el rol de las mujeres en la ciencia y la salud, y en este sentido, el curso aportó una nueva acción para transversalizar la perspectiva de género y poner en valor a las mujeres, tanto de la organización como en su función socio histórica.
POR ELLO
EL Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1.- Declárase de Interés Social, Cultural, Sanitario, Legislativo y Educativo al Pimer Ciclo de Feminarios Balcarce Dialoga sobre “CANABBIS MEDICINAL” realizado en nuestra comunidad.-
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíques.-
FIRMADO: Agustín Cassini- PRESIDENTE -Mercedes Palmadés -SECRETARIA .-