Boletines/Tandil

Decreto Nº2945/2022

Decreto Nº 2945/2022

Tandil, 20/08/2022

Visto

Los hechos denunciados por expediente SADOM N° 2022/3307/00.-

Considerando

Que los hechos denunciados dieron cuenta de posibles inconductas reprochables en el marco de la Ley N° 14.656 y del CCT N° 09/19.

Que resulta necesario esclarecer los hechos y deslindar las responsabilidades correspondientes mediante la realización del Sumario Administrativo.

Que prima facie se verían involucrados en los hechos denunciados los agentes municipales Fontán, Irene – Leg. 10346-, González, Patricia – Leg. 10753-, Villalba, Natalia- Leg. 10921-, Anta, Vanesa – Leg. 10475 -, López, German – Leg. 11010-, y Pérez, Mariana – Leg. 10645-.

Que conforme lo entiende la Asesoría General del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, debemos partir de la premisa que establece que ¨el personal de planta permanente con estabilidad de las Municipalidades no puede ser privado de su empleo ni ser objeto de sanciones disciplinarias sino por las causas y procedimientos determinados en el Estatuto del Empleado Municipal (art. 23, ss. y conc. de la Ley Nº 14.656), debiéndose ajustar la orden de sumario conforme lo estatuido en el artículo 27 del citado cuerpo legal¨

Que el art. 24º de la ley 14.656 establece: ¨No podrá sancionarse disciplinariamente al trabajador con suspensión de más de diez (10) días o con sanción de mayor severidad, sin que previamente se haya instruido el sumario administrativo ordenado por la autoridad competente en las condiciones y con las garantías que se establecen en esta ley¨.

Que el art. 101º de la misma norma estipula: ¨El personal de la Administración Municipal no podrá ser privado de su empleo, ni objeto de sanciones disciplinarias sino por las causas y procedimientos determinados en esta ley, en la Ordenanza o en el Convenio Colectivo de Trabajo¨.

Que se ha expedido al respecto la Dirección de Asuntos Legales de este Municipio, que recomendó la apertura de un procedimiento disciplinario.

Lo dispuesto en los Arts. 23, 24, 27, 28, 29, 101, 107 y cctes. de la Ley 14.656 y, 150 y cctes. del CCT N° 9/19.

Por todo ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Ordenar la apertura de instrucción de Sumario Administrativo destinado a investigar los hechos denunciados en el expediente administrativo N° 2022/3307/00, y deslindar las responsabilidades del caso, si las hubiere, respecto de los agentes municipales Fontán, Irene – Leg. 10346-, González, Patricia – Leg. 10753-, Villalba, Natalia- Leg. 10921-, Anta, Vanesa – Leg. 10475 -, López, German – Leg. 11010-, y Pérez, Mariana – Leg. 10645-.

Artículo 2º: Desígnase Instructora Sumariante a la Dra. Karen D. Aguerregoyhen y como Secretaria de Instrucción a la Dra. Paula Gajduczyk.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública, Ente Descentralizado.-

Artículo 4º: Regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido remítase a la Dirección de Asuntos Legales a sus efectos.

Firma Digital: Matías Tringler (Presidente)                   - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

          Presidencia del Sistema Integrado de Salud            -                Intendencia