Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº6872/2022

Ordenanza Nº 6872/2022

Nueve de Julio, 25/08/2022

LOTE PROGRAMA “PLAN FAMILIA PROPIETARIA” - AUTORIZA A ESCRITURAR CON GRAVAMEN HIPOTECARIO: JORGELINA CELESTE MOYANO y RAMIRO GASTON CELIS.

VISTO:

El expediente municipal Nº 4082-1075/16 Alcance 33.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad al boleto de compraventa de fojas 14 del expediente referenciado en el Visto de la presente, resulta adjudicataria del lote identificado como Circunscripción XII, Sección B, Quinta 10, Manzana 10b, Parcela 08 de la localidad de Dudignac, Partido de 9 de Julio, la señora Jorgelina Celeste MOYANO (D.N.I. Nº 32.527.436) y el señor Ramiro Gastón CELIS (D.N.I. Nº 28.458.166). Que a fojas 42/44 consta informe de obra y el señor Secretario de Vivienda y Urbanismo a fojas 45 considera cumplido el cargo de construcción. Que a fojas 47/48 del expediente la Dirección General de Ingresos Públicos adjunta deuda por reintegro de plan familia propietaria y a fojas 49 obra minuta contable a los fines de constituir hipoteca en primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio. Que a fojas 50/52 obra el informe social de los ocupantes de la vivienda. Que de conformidad al Artículo 54 y concordantes de la ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Municipalidad.

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorízase al Señor Intendente Municipal conjuntamente con la Escribanía General de Gobierno a extender la escritura traslativa de dominio del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XII, Sección B, Quinta 10, Manzana 10b, Parcela 08 de la localidad de Dudignac, Partido de 9 de Julio perteneciente al Programa “Plan Familia Propietaria”, en favor de la señora Jorgelina Celeste MOYANO (D.N.I. Nº 32.527.436) y el señor Ramiro Gastón CELIS (D.N.I. Nº 28.458.166), con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio conforme el precio de venta de la vivienda.

ARTICULO 2º: Establézcase hipoteca de primer grado en favor de la Municipalidad de 9 de Julio, de conformidad a la siguiente minuta contable : - Precio de Venta sin interés al 08/06/2022: pesos veinticuatro mil ($ 24.000). - Valor de las cuotas sin interés: pesos cuatrocientos ($ 400). - Cantidad de cuotas: sesenta (60). - Cuotas abonadas: cero (0). - Saldo hipotecario sin interés a junio de 2022: pesos veinticuatro mil ($ 24.000). - Saldo hipotecario con interés a junio de 2022: pesos veintinueve mil trescientos ocho con 92/100 ($ 29.308,92).

ARTICULO 3º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de los beneficiarios procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, autorizándose a escriturar el inmueble objeto de la presente con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.

ARTÍCULO 4º: En la escritura deberá dejarse constancia que “los beneficiarios no podrán transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se comprometen a que la construcción levantada en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio mediante retrocesión”.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.