Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2000

Decreto Nº 2000

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/08/2022

Visto la Solicitud de Pedido N° 4027 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de una Abogada para formar parte del equipo técnico de Servicio Local sede Norte; y

CONSIDERANDO

Que resulta necesaria la prestación de servicios de una persona para cumplir funciones como Abogada en el Servicio Local sede Norte, dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. La función a desarrollar por el profesional se encuentra enmarcada dentro de los términos de la Ley 13298 de Promoción y Protección de los Derechos del niño, niña y adolescente determinando el abordaje integral en situaciones de vulneración de derechos, cumpliendo una carga horaria de 44 horas semanales; 

Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia; la cual responde a que si bien existe personal en el Servicio Local con la misma profesión, no podría ocupar dicho espacio por ser parte integrante de otro Equipo Técnico cumpliendo cotidianamente con las tareas asignadas, y si temporalmente se asignará a uno de ellos para cubrir dicha vacante quedaría el Equipo correspondiente incompleto impidiendo así cumplir con la función específica en tiempo y forma; considerando asimismo que cada Equipo Técnico desarrolla sus tareas en una jurisdicción territorial designada;

Que surge la selección de la señora Gallo Lorena, D.N.I. 24.765.132, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas, conforme al Acta de Selección que obra en Suministro 5580/2021. Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,



- D E C R E T A -



PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; la cual responde a que si bien existe personal en el Servicio Local con la misma profesión, no podría ocupar dicho espacio por ser parte integrante de otro Equipo Técnico cumpliendo cotidianamente con las tareas asignadas, y si temporalmente se asignará a uno de ellos para cubrir dicha vacante quedaría el Equipo correspondiente incompleto impidiendo así cumplir con la función específica en tiempo y forma; considerando asimismo que cada Equipo Técnico desarrolla sus tareas en una jurisdicción territorial designada.
SEGUNDO: Adjudíquese a la señora Gallo Lorena, D.N.I. 24.765.132 la prestación de servicios técnicos y profesionales como Abogada del Servicio Local sede Norte, a partir del 01 de Septiembre y hasta el 31 de Diciembre de 2022, y por la suma total de pesos trescientos treinta y seis mil ciento cincuenta y nueve con cuatro centavos ($336.159,04), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Coordinación del Servicio Local.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subdirección de Presupuesto y Planificación, Subsecretaría Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.