Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1990

Decreto Nº 1990

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/08/2022

Visto el Pedido de Adquisición Nº 4036 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de una Psicóloga, a efectos de formar parte del Equipo Técnico del Centro de Promoción y Capacitación Comunitaria Villa Miramar; y

CONSIDERANDO

Que frente a la necesidad de incorporar un psicólogo para cumplir funciones como parte del Equipo Técnico del Centro de Promoción y Capacitación Comunitaria Villa Miramar, a efectos de realizar las evaluaciones de admisiones y egreso de los niños y adolescentes que asisten al centro, detección de situaciones de riesgo, intervención en situaciones de conflicto, entrevistas, reuniones con los padres y el equipo interdisciplinario. Realización de diferentes talleres, posibilitando la elaboración de conflictos individuales y grupales, favoreciendo la cooperación, solidaridad y responsabilidad, 
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, donde consta que si bien existe personal idóneo en las Instituciones en el área de la Subsecretaría, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades, la misma fue suscripta por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia;
Que se realizó el procedimiento de selección en las actuaciones que obran por expediente Nº 5587/2021, del cual surge la Sra. María Cecilia Carbone, D.N.I. 32.670.708, quien cumple con las tareas asignadas de manera muy satisfactoria. Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,


- D E C R E T A -


PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, que si bien existe personal idóneo en las Instituciones en el área de la Subsecretaría, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades. Dicho profesional deberá contar con condiciones de idoneidad para trabajar con los diferentes cuadros patológicos y/o trastornos.
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. María Cecilia Carbone, D.N.I. 32.670.708, la prestación de servicios como psicóloga en el Equipo Técnico del Centro de Promoción y Capacitación Comunitaria Villa Miramar, a partir del 1 de Septiembre y hasta el 31 de Diciembre de 2022 y por la suma total de pesos doscientos cuarenta y cinco mil novecientos cincuenta y cuatro con noventa y dos centavos ($245.954,92.-) en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado al Centro de Promoción y Capacitación Comunitaria Villa Miramar.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.