Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº674/2022

Decreto Nº 674/2022

Adolfo Gonzales Chaves, 29/07/2022

Visto

El Expediente 4055-130-2022, Cuerpos I, II, III, IV, V y VI, mediante el cual se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 2/2022 para la obra “Desagües Cloacales en De La Garma, Etapa I”; y

Considerando

Que por Decreto Nº 513/2022, obrante a fojas 159, se realizó el llamado para la Licitación Pública Nº 2/2022;

Que a fojas 164/169 agregaron al expediente, las publicaciones correspondientes realizadas en el Boletín Oficial y en el Diario La Voz del Pueblo de la ciudad de Tres Arroyos;

Que a fojas 1189/1190 se agrega el Acta de Apertura de Ofertas, de donde surge que se recibieron propuestas de las siguientes firmas: “CHOIX S.A.C.I.F.I.C.A.” y “TECMA S.A.”; y donde puede observarse los montos de cada oferta como así también la póliza recibida que garantiza cada una de ellas;

Que a fojas 1191/1192 se agregan los informes de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos y la Oficina de Contrataciones,  donde recomiendan que la adjudicación se realice a la Empresa “CHOIX S.A.C.I.F.I.C.A.” por ser la propuesta más conveniente a los intereses municipales;

Por ello;

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública nº 2/2022, convocada por Decreto nº 513/2022, para la obra “Desagües Cloacales en De La Garma, Etapa I”.-

 

ARTICULO 2º.- Adjudíquese la misma a la firma “CHOIX  S.A.C.I.F.I.C.A” en la suma de Pesos Doscientos Veintitrés Millones Ciento Cuarenta y Un Mil Ciento Cuarenta y Seis con 02/100 ($ 223.141.146,02).-

 

ARTICULO 3º.- El Presupuesto Oficial establecido  en el Convenio Específico suscripto con el Ente Nacional de Obras Hidráulicas de Saneamiento (ENOHSA) en el marco del Plan “Argentina Hace” para la ejecución de la Obra de la referencia, es de Pesos Ciento Noventa y Cuatro Millones Ciento Sesenta y Nueve Mil Ciento Ochenta y Tres con 03/100  ($ 194.169.183,03), por lo que surge una diferencia de Pesos Veintiocho Millones Novecientos Setenta y Un Mil Novecientos Sesenta y Dos con 99 / 100 ($ 28.971.962.99), entre el monto comprometido y la oferta presentada.-

 

ARTICULO  4º.- La diferencia presupuestaria expuesta en el artículo 3º, queda supeditada  a que el Ente Nacional de Obras Hidráulicas de Saneamiento (ENOHSA) apruebe una Addenda de readecuación técnica, para que la obra a ejecutar tenga un presupuesto mayor al monto comprometido en el Convenio Específico.-

 

ARTICULO 5º.- Desglósese y procédase al reintegro de la Póliza de Caución Nº 596.687 obrante a fojas 870, suscripta en calidad de garantía de mantenimiento de propuesta, correspondiente a la firma “TECMA S.A.”.-

 

ARTICULO 6º.- Tomen razón Contaduría, Oficina de Contrataciones y Secretaría de Obras y Servicios Públicos.-

 

ARTICULO 7º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-