Boletines/Castelli

Decreto Nº1469

Decreto Nº 1469

Castelli, 01/11/2021

Visto

La propuesta presentada por la firma INFRAESTRUCTURA AGROVIAL S.R.L CUIT Nº30-71575785-7, para adquirir una parcelas industriales en el Sector Industrial Planificado (S.I.P.) de Castelli, y; 

                                                                             

Considerando

Que INFRAESTRUCTURA AGROVIAL S.R.L es una sociedad destinada a la comercialización en el mercado interno y externo de  productos del mercado agrovial y cuenta con muchos años de trayectoria que avalan su profesionalismo y know-how industrial/comercial.

                Que asimismo es una empresa que se encuentra instalada en la Ciudad de Castelli y pretende reestructurase en nuestro SIP, construyendo una nave industrial.  

                Que la reestructuración de INFRAESTRUCTURA AGROVIAL S.R.L  en nuestro SIP significa la ampliación de una industria ya radicada en Castelli y generaría con ello la creación de nuevas fuentes de trabajo genuino para los ciudadanos de Castelli.

                Que el Municipio de Castelli creo mediante el Decreto Nº1234/21 el Programa de Promoción Industrial para las empresas que busquen asentarse en nuestro SIP, generando políticas públicas necesarias para promover la inversión, el trabajo y la producción, a través de un régimen de Promoción Industrial ágil en el convencimiento de que nuestra comuna debe consolidar un proyecto industrial que genere mayores y mejores fuentes de trabajo sustentables, que en definitiva apunten a privilegiar una mejor calidad de vida para sus habitantes.

                Que es política de esta Administración desarrollar el Sector Industrial, promoviendo el cambio en la matriz productiva tendientes al desarrollo de servicios que incorporen valor agregado y el uso de nuevas tecnologías.

                Que el Programa de Promoción Industrial permite al Municipio de Castelli establecer exenciones en materia tributaria, como también otorgar facilidades para la adquisición de parcelas con fines de radicación industrial que hagan viable y atractiva la inversión privada en nuestro Sector Industrial Planificado.

                Que la propuesta presentada cumple con los requisitos establecidos por el Programa de Promoción Industrial de Castelli.

                Que existen parécelas industriales que cumplen con los requisitos pretendidos por la oferente y se encuentran en condiciones de ser adjudicadas.

                Que es política de esta Administración desarrollar el Sector Industrial, promoviendo el cambio en la matriz productiva tendientes al desarrollo de servicios que incorporen valor agregado y el uso de nuevas tecnologías.

                Que el Programa de Promoción Industrial permite al Municipio de Castelli establecer exenciones en materia tributaria, como también otorgar facilidades de pago para la adqui­si­ción de parcelas con fines de radicación industrial que hagan viable y atractiva la inversión privada en nuestro Sector Industrial Planificado.

                Que el precio ofrecido guarda estrecha relación con la tasación realizada por la Comisión de Tasaciones Municipal y que la Comisión Evaluadora consideró viable la oferta por guardar relación las obras a construir con el patrimonio de la oferente, el cual resulta suficiente para hacer frente a las erogaciones que requiere la creación de dos naves indus­triales en nuestro S.I.P. 

                Que el plan de pago propuesto por la firma INFRAESTRUCTURA AGROVIAL S.R.L por una parcela industrial se ajusta a las previsiones del Programa de Promoción Industrial mencionado.

                Que la propuesta presentada cumple con los requisitos establecidos por el Programa de Promoción Industrial de Castelli. 

                Que la Instalación de este tipo de Industrias en nuestro S.I.P., es de interés público, por lo que corresponde facilitar el acceso a la tierra a nuevos inversores. 

                Que existen parcelas industriales que cumplen con los requisitos pretendidos por la oferente y se encuentran en condiciones de ser adjudicadas.

                Que la adjudicación se encuentra enmarcada en un todo de acuerdo a lo establecido por el Decreto de Promoción Industrial N° 1234/21 y de conformidad a lo establecido por el Art. 159 inc. C) f de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6759/80).

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES

DECRETA:

ARTICULO 1°: Adjudíquese a la firma INFRAESTRUCTURA AGROVIAL S.R.L CUIT Nº30-71575785-7, con domicilio en Muñiz Barreto Nº148, de  la ciudad de Castelli, Provincia de Buenos Aires la parcela designada con el número 1 ubicada dentro del Sector Industrial Planificado de Castelli conforme se detalla en el anteproyecto de subdivisión que se pasa a formar parte del presente como Anexo I.

 

ARTÍCULO 2º: Ordénese por Secretaría Legal y Técnica la instrumentación del respectivo boleto de compra-venta de la parcela industrial identificada con el número 1 del Sector Industrial Planificado de Castelli por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000) pagaderos en un adelanto de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000) y ciento veinte (120) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de TREINTA Y UN MIL   SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS  CON 66/100 CENTAVOS ($31.666,66) las que no reconocen interés alguno con vencimiento la primeras de ellas al mes siguiente de pagado el adelanto.

 

ARTICULO 3º: Hágase saber que los gastos, impuestos y honorarios que origine la transfe­rencia del dominio a favor de la firma INFRAESTRUCTURA AGROVIAL S.R.L CUIT Nº30-71575785-7, serán soportados íntegramente por la mencionada firma.-

 

ARTICULO 4º: Establécese que la presente adjudicación se realiza ad-referéndum la correspondiente aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante en los términos del Art. 54 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, regístrese y cumplido archívese.