Boletines/Moreno

Ordenanza Nº6752/22

Ordenanza Nº 6752/22

Moreno, 30/06/2022

VISTO el Expte. H.C.D. N° 34.973/2022, sobre creación de Proyecto “Concejal Joven” en el Distrito de Moreno; y

CONSIDERANDO la necesidad de generar espacios más democráticos, y que este Honorable Concejo Deliberante se transforme en un espacio donde realmente las juventudes sean partícipes del parlamento.

QUE crear mayores espacios de debate es deber de este Cuerpo Legislativo, contemplando a las juventudes como actor esencial en nuestra sociedad.

QUE la creación y posterior aprobación de la Ordenanza de Foros fue esencial para consolidar la construcción de espacios de debate reales entre los jóvenes.

QUE pensar un cambio institucional es esencial para comprender que la Argentina y el mundo necesita de la fomentación de nuevos espacios legislativos donde sean las juventudes quienes sean protagonistas.

QUE la construcción de un Honorable Concejo Deliberante más amplio que priorice la formación de representantes del pueblo para generar un sistema democrático y representativo.

QUE desde la aprobación de la Comisión Especial de Juventudes se ha venido promocionando la creatividad y la solidaridad acompañando las inquietudes de las juventudes en nuestro Municipio.

QUE la creación de representantes integrales, que formen parte de una juventud activa es central para la creación y conformación de espacios parlamentarios reales.

POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Crease la conformación del Proyecto “Legislador Joven”.

ARTÍCULO 2°: Este programa tendrá como objetivo la participación de sectores juveniles que pertenecen a diversas organizaciones políticas, sociales y estudiantiles.

ARTÍCULO 3º: Cada Concejal y Concejala elegirá a un joven perteneciente a su partido entre 14 y 28 años para que sea parte del Cuerpo Legislativo Joven; entendiendo que esta última es la edad promedio de estudiantes universitarios cercanos a graduarse. También se contemplará un representante de una federación estudiantil secundaria, terciaria y universitaria.

ARTÍCULO 4º: Los proyectos presentados en la sesión especial joven se centralizarán a través de la Comisión Especial de Juventudes.

ARTÍCULO 5º: Quien presida la Comisión Especial de Juventudes definirá quien presida la Sesión Especial Joven.

ARTÍCULO 6º: Previa a la Sesión Especial Joven se reunirán los Legisladores Jóvenes en conjunto con los Concejales y Concejalas de este Honorable Concejo Deliberante. Dicho suceso será una semana antes de la “Sesión Especial Joven”.

ARTÍCULO 7º: Crease la Orden del Día en Coordinación entre todos los legisladores jóvenes.

ARTÍCULO 8º: La “Sesión Especial Joven” se decidirá entre aquellos Concejales que integran la Comisión Especial de Juventudes.

ARTÍICULO 9º: Este proyecto tendrá una doble función, primeramente de formación ciudadana, pero también, la fomentación de creación de proyectos con una mirada joven, poniendo énfasis en sus reales problemáticas.

ARTÍCULO 10º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 30 de Junio de 2022.

COLAZO Teresa B.                                      BELLOTTA, Araceli

Secretaria                                                                 Presidenta

Comunicado al D.E el día 15/07/2022

Promulgada mediante el Decreto N° 2408 de fecha 18/07/2022