Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 6727/22
Moreno, 16/06/2022
VISTO el Expte. H.C.D. N° 34.887/2022 y el Expte. D.E. N° 230040-S-2021 sobre Convenio con Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO que los mismos contienen los convenios marco entre nuestro Municipio y el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires, Distrito III, por los cuales se propende generar ámbitos de participación y potenciación de capacidades, incorporándolos al desarrollo de temas referidos al área del Planeamiento Urbano y la Arquitectura (Convenio Marco) y por el otro la organización por parte del Colegio Profesional de un Concurso para la presentación de proyectos de interés municipal, de carácter nacional, no vinculante, pudiendo participar del mismo todos los arquitectos matriculados en las entidades adheridas a la Federación Nacional de Entidades de Arquitectos (F.A.D.E.A.) (Anexo 1 del Convenio Marco).
QUE a través del convenio marco se busca complementar y coordinar las tareas de contralor efectuadas por el Colegio y el Municipio, sin afectar sus roles y atribuciones específicas referidas al ejercicio profesional y a la aplicación de las normas edilicio-urbanísticas vigentes.
QUE a Fs. N°14, y en cumplimiento de la manda del Artículo N° 187, inc. 6, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, se encuentra agregado dictamen de la Contaduría Municipal compartiendo el criterio vertido por el dictamen emitido por la Dirección de Elaboración y Motivación de Actos Administrativos a Fs. N° 11/11vta.
QUE resulta ser competencia del Departamento Deliberativo la homologación de los convenios suscriptos por el Municipio, conforme lo establece el Artículo N° 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades vigente al momento de la suscripción.
POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Homologase al Convenio Marco de Cooperación entre nuestro Municipio y el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires, Distrito III.
ARTÍCULO 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a la firma de Adendas, Convenios Adicionales y Anexos relacionados con el Convenio Marco.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 16 de Junio de 2022
COLAZO Teresa B. BELLOTTA, Araceli
Secretaria Presidenta
Comunicado al D.E el día 29/06/2022
Promulgada mediante el Decreto N° 2157 de fecha 01/07/2022