Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 6735/22
Moreno, 16/06/2022
VISTO el Expte. H.C.D. N° 34.944/2022 donde se solicita se declare al Municipio de Moreno “Ciudad Plurinacional y Multicultural”; y
CONSIDERANDO que el Art. N° 75 inc. 18 de la Constitución Nacional establece: reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas en el actual territorio argentino; garantizar el respecto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan, y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano, ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten.
QUE existe vasta legislación nacional que establece normativas en los sentidos anteriormente expuestos, a saber:
QUE asimismo, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, en su Art. N° 36 inc. 9, declara que “La Provincia reivindica la existencia de los pueblos indígenas en su territorio garantizando el respeto a sus identidades étnicas, el desarrollo de sus culturas, la posesión familiar y comunitaria de las tierras que legítimamente ocupan”.
QUE mediante la Ley Provincial N° 11.331 se adhiere al contenido y alcance de la Ley Nacional N° 23.302, Ley sobre política indígena y apoyo a las comunidades aborígenes.
QUE mediante Ordenanza N° 6613/2021 se ha designado a los días 9, 10 y 11 de Octubre de cada año como “Día de la Resistencia y Dignidad de los Pueblos Originarios”, debiendo flamear la bandera Wiphala edificios públicos y actos conmemorativos, en memoria y reivindicación de los pueblos originarios.
QUE existe en nuestro distrito población que se identifica y reconoce como parte de los pueblos Qom, Aymara, Quechua, Mapuche, Guaraní, Kolla, entre otros.
QUE el concepto intercultural tiende a poder articular con las distintas identidades que habitan el Municipio de Moreno, como es el caso de las colectividades de Bolivia, Paraguay, Uruguay, Chile, Brasil, Perú, España, Italia, Japón, China, entre otras.
QUE la interculturalidad desde una perspectiva crítica, es entendida como un intercambio equitativo, en condiciones de igualdad y simetría, estableciendo una permanente y dinámica relación de comunicación y mutuo aprendizaje, donde se construyen otros/ nuevos saberes, códigos, patrones y valores que permitan abordar las distintas realidades culturales comunitarias de manera integral, partiendo de las raíces históricas, viendo este intercambio como un potencial.
POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Declárese al Municipio de Moreno “Ciudad Plurinacional y Multicultural”, garantizando el respeto a la identidad de los Pueblos Originarios y promoviendo el derecho a una educación intercultural que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, cosmovisión e identidad, procurando la vinculación de las comunidades con sus territorios ancestrales y el mejoramiento de su calidad de vida.
ARTÍCULO 2: Promuévase el fortalecimiento del área de Pueblos Originarios con el objetivo de generar políticas públicas de respeto y promoción de la diversidad cultural.
ARTÍCULO 3: Instrúyase el área Municipal de su competencia para la creación de un registro Municipal de IDENTIDADES Originarias, articulando para este fin con autoridades y referentes de las distintas comunidades, y con Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) para facilitar información fehaciente de los censos de población nacionales
ARTÍCULO 4: Considérese como forma de reconocimiento a los pueblos originarios, la designación de futuras calles, escuelas, espacios públicos, plazas con los nombres de los mismos, a saber “Pueblo Qom”, “Pueblo Aymara”, “Pueblo Quechua”, “Pueblo Mapuche” “Túpac Amaru”, entre otros.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 16 de Junio de 2022.
COLAZO Teresa B. BELLOTTA, Araceli
Secretaria Presidenta
Comunicado al D.E el día 04/07/2022
Promulgada mediante el Decreto N° 2196/22 de fecha 05/07/2022