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Decreto Nº2513/22

Decreto Nº 2513/22

Moreno, 22/07/2022

Visto y considerando

VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente N° 4078-239175-S-2022 iniciado por la Subsecretaria de Deportes y Recreación, de la Secretaría de Cultura, Educación y Deporte y,

CONSIDERANDO que en dichas actuaciones se solicita declarar de Interés Municipal al conjunto de actividades denominadas “CARRERA MORENO CORRE”, que se llevará a cabo durante el mes de septiembre del 2022.

Que la importancia de estas actividades radica en su masiva convocatoria, y en los beneficios que brinda en la salud física, mental y psicológica la realización de actividades deportivas. El ejercicio físico mejora la función mental, la autonomía, la memoria, la rapidez y la sensación de bienestar, generando estabilidad en la personalidad.

Que la declaración de interés municipal fomentaría la participación en las distintas actividades que implica la realización de la Carrera Moreno Corre, fundamentales para la salud de los morenenses.

Que, a fs. 01 la Subsecretaria de Deportes y Recreación manifestó que las actividades a realizar contarán con gastos, mientras que a fs. 02 ha tomado intervención el área de Presupuesto Municipal informando a qué partida presupuestaria se imputarán los mismos, y autorizando a canalizar el gasto.

Que, a fs. 03 la Contaduría Municipal, dando cumplimiento con lo estipulado en el Art 187 Inc. 6 del Decreto-ley 6769/58, ha manifestado que de acuerdo a sus competencias no tiene observaciones que realizar.

Que, a fs. 6/6vta. obra dictamen del Departamento de Asistencia Técnica, cuya opinión legal fue compartida por la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Dictámenes.

Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Articulo 108, inc. 17 del Decreto-ley 6769/58.

Por ello,

LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO 

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárase de Interés Municipal al conjunto de actividades denominadas “CARRERA MORENO CORRE”, que se llevará a cabo durante el mes de septiembre del 2022, por los fundamentos vertidos en los considerandos del presente.

ARTÍCULO 2º.- Autorizase a la Contaduría Municipal a librar orden de pago por las erogaciones que se generen cuyos gastos se imputarán en la siguiente partida: Jurisdicción: 1.1.1.01.07.000 Secretaria de Cultura Educación y Deporte, Cat. Programática: 20.04 Coord. Programa Deporte y Recreación, Fuente de Financiamiento: 1.1.0 Tesoro Municipal.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Cultura, Educación y Deporte, la Secretaria de Economía y el Secretario de Gobierno.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, publíquese, notifíquese y comuníquese; cumplido, archívese. -

SR. ALBERTO ESTEBAN CONCA                                                   SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ

DRA MARIELA BIEN                                                                        ROBERTO DEL REGNO