Boletines/Moreno
Decreto Nº 1616/22
Moreno, 24/05/2022
Visto y considerando
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente N° 4078-236920-I-2022 iniciado por el Instituto Municipal de Desarrollo Económico Local (IMDEL); y
CONSIDERANDO que en dichas actuaciones se solicita declarar de Interés Municipal al evento “FIESTA DEL PLANTÍN FLORAL 2022” a realizarse los días 23, 24 y 25 de septiembre de 2022 en la Plaza Buján, sita en Av. Bartolomé Mitre (R.P. N° 7) entre Arribeños, Chorroarín y Justo Daract, de la Ciudad y Partido de Moreno, Provincia de Buenos Aires.
Que, este evento se realiza en el marco de la divulgación de la Ley Provincial Nº 14310/11 que declara a Moreno como “Capital Provincial del Plantín Floral”.
Que dicho Instituto expresa que participar en estas actividades y acercarlas a la comunidad es fundamental para el proyecto de desarrollo económico local que se plantea desde el mismo, a fin de poder ser el nexo entre nuestros productores apícolas locales y los apicultores periurbanos de otros municipios.
Que dada la importancia y trascendencia del evento participarán en la preparación y desarrollo del mismo, además del IMDEL, distintas áreas del Ejecutivo Municipal.
Que la importancia de la declaración de interés municipal radica en la relevancia del evento para la comunidad toda.
Que el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108, inc. 17, del Decreto-Ley 6769/58.
Por ello,
LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárase de Interés Municipal al evento “FIESTA DEL PLANTIN FLORAL 2022” a realizarse los días 23, 24 y 25 de septiembre de 2022 en la Plaza Buján, sita en Av. Bartolomé Mitre (R.P. N° 7) entre Arribeños, Chorroarín y Justo Daract, de la Ciudad y Partido de Moreno, Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°: Autorizase a la Jefatura de Compras del IMDEL, a gestionar las adquisiciones que sean necesarias, para así poder llevar a cabo el evento descripto en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°.- Autorizase a la Contaduría del IMDEL a afrontar los gastos que emanen de la actividad mencionada en el Artículo 1°, cuyos gastos se imputarán al presupuesto de gastos vigente del IMDEL.
ARTÍCULO 4°.- Autorizase a la Contaduría Municipal a afrontar los gastos que emanen de la realización del evento mencionado en el artículo 1º, cuyos gastos se imputarán en la siguiente partida: Jurisdicción 1.1.1.01.07.000, Secretaría de Cultura, Educación y Deporte. Categoría Programática: 26.01. Coord. de las Actividades Culturales.
ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Economía, por el Señor Secretario de Cultura, Educación y Deporte, y por el Señor Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, publíquese, notifíquese y comuníquese al IMDEL; cumplido, archívese.
SR. ALBERTO ESTEBAN CONCA SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ
DRA MARIELA BIEN ROBERTO DEL REGNO