Boletines/Moreno
Decreto Nº 2155/22
Moreno, 01/07/2022
Visto y considerando
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente N° 4078-238681-I-2022, iniciado por el Organismo Descentralizado “Instituto Municipal de Desarrollo Económico Local (IMDEL); y
CONSIDERANDO que el Coordinador General de Programa de Turismo del IMDEL solicitó que se declare de Interés Municipal el evento “Vaca-Circo” a realizarse en vacaciones de invierno desde el 18 de julio de 2022 al 31 de julio del 2022, en el horario de 10.00 hs a 21 hs. en el Partido de Moreno.
Que el evento propone la llegada de la carpa de circo con más de 28 espectáculos para toda la familia a varias Localidades de Moreno en estas vacaciones de invierno.
Que será un atractivo principal en las vacaciones de invierno para la promoción del turismo interno y regional.
Que el proyecto Vaca-circo se presenta como una propuesta accesible para la realidad económica de todos los visitantes, ofreciendo una alternativa cultural al alcance de todas las familias.
Que es importante fortalecer los valores de la cultura, entretenimiento familiar y ocio pensando en un alcance popular e inclusivo de las propuestas.
Que, a su vez, favorecerá a los comerciantes de la zona y ambulantes.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108, inc. 17 del Decreto-Ley 6769/58 – Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por ello,
LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Municipal el evento “Vaca-Circo” a realizarse desde el 18 de julio de 2022 al 31 de julio del 2022, en el horario de 10.00 hs. a 21:00 hs. en la Ciudad y Partido de Moreno.
ARTÍCULO 2º.- Autorícese a la Jefatura de Compras del IMDEL a gestionar las adquisiciones que sean necesarias, para así poder llevar a cabo lo descripto en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3º.- Autorícese a la Contaduría del IMDEL a librar las respectivas órdenes de pago a fin de solventar los gastos que eventualmente emerjan del evento mencionado en el artículo 1°.
ARTÍCULO 4º.- Deléguese en la Srta. Administradora General del IMDEL la reprogramación, modificación o prórroga de la fecha o el horario de realización del evento mediante resolución fundada, para lo cual se aplicará el presente Decreto a los mismos fines y efectos.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, publíquese, notifíquese, comuníquese al IMDEL, cumplido archívese.
SR. ALBERTO ESTEBAN CONCA SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ