Boletines/Saavedra
Ordenanza Nº 7153
Saavedra, 31/08/2022
CORRESPONDE A EXPTE Nº 94180/2022.-
VISTO
La necesidad de garantizar una adecuada prestación del servicio de anestesia en el Hospital y Maternidad Municipal de la ciudad de Pigüé;
CONSIDERANDO
Que, el servicio de anestesia y analgesia reviste una importancia fundamental para la salud pública del Distrito, a fin de garantizar la correcta prestación de las intervenciones programadas y aquellas requeridas con carácter de urgencia o emergencia.
Que, a fin de otorgar seguridad jurídica a la prestación del servicio, teniendo en cuenta la particularidad del servicio, por la excepcionalidad que actualmente reviste la especialidad - dificultad en toda la Provincia y en el país de garantizar la concurrencia de profesionales se plantea la necesidad de reglamentar el funcionamiento del servicio.
Que, resulta necesario, a fin de garantizar el pago de la prestación, disponer de fondos que puedan exceder de la cuenta de honorarios prevista para el pago de servicios médicos.
Que, si bien los recursos obrantes en el programa creado por la Ordenanza 4983/03 tienen como destino específico la inversión permanente en el Hospital Municipal, el servicio de anestesiología resulta indispensable para el normal funcionamiento del nosocomio.
En virtud de lo expuesto, a fin de garantizar el correcto funcionamiento del Servicio de Anestesia y Analgesia del Hospital Municipal de Pigüé, indispensable para dar adecuada respuesta a los pacientes del sistema de salud municipal, deviene necesario reglamentar el funcionamiento del servicio de anestesia y analgesia prestado en el Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé.
Que, conforme lo normado en el artículo 28 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante reglamentar el funcionamiento de los servicios del Hospital.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
ARTICULO 1º: Apruébese la Reglamentación de funcionamiento del servicio de anestesia y analgesia prestado en el Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé, que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a imputar al fondo creado por la Ordenanza 4983/03 los gastos ocasionados por la prestación del servicio de anestesia y analgesia, hasta el límite establecido en el artículo 9 de la reglamentación aprobada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a imputar al fondo creado por la Ordenanza 4983/03 los gastos ocasionados por el convenio celebrado entre la Municipalidad del Partido de Saavedra con los Dres. Luis Matías Cardillo, Daniel Horacio Cardillo y Luis María Perreti en el marco del Expediente Nº 94.005/22 por los periodos julio y agosto de 2022.
ARTICULO 4º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
ORDENANZA Nº 7153/2022
Reglamentación
Reglamentación de funcionamiento del servicio de anestesia y analgesia prestado en el Hospital y Maternidad Municipal de Pigüé,
DESCARGAR