Boletines/Saavedra
Decreto Nº 589/22
Saavedra, 22/04/2022
Visto
Visto el Art. 163º del Convenio Colectivo de Trabajo, el Intendente Municipal en uso de sus facultades:
POR ELLO, y en uso de sus atribuciones, el Intendente Municipal:
D E C R E T A
Art. 1º Reténgase el 1,25% (uno con veinticinco por ciento) de todos los haberes remunerativos, con el pago de los sueldos de los meses de Abril, Mayo y Junio 2022, de todos los trabajadores municipales que no resulten afiliados al Sindicato de Trabajadores Municipales del Ptdo. de Saavedra. No es aplicable a los afiliados al Sindicato Trabajadores Mpales., ni al Intendente Municipal, ni a los Concejales, Secretarios y Subsecretarios del D.E., Juez de Faltas, Secretarios de los Bloques Políticos del Honorable Concejo Deliberante, con excepción de los/as que desempeñan dichas tareas con retención de cargos administrativos con nombramientos en el Presupuesto, Directores Generales, Directores y todo otro funcionario y/o personal “con designación de carácter político”.-
Art. 2º Las erogaciones producidas por lo establecido en el Artículo 2º del presente, deberán retenerse en Cuenta de Terceros hasta tanto el Sindicato de Trabajadores Municipales del Ptdo. de Saavedra proceda a la creación y registración de la Mutual a crearse por parte del mismo y su previa constitución de la correspondiente personería jurídica.-
Art. 3º Comuníquese, tómese nota por la Oficina de Personal / Liquidación de Haberes, Contaduría, Tesorería, dése al Registro de Decretos y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 589/2022.-
LIC. ALEJANDRA GONZALEZ GUSTAVO JAVIER NOTARARIGO
Secretaria de Gobierno y Hacienda Intendente Municipal