Boletines/Coronel Dorrego
Resolución Nº 0039/22
Coronel Dorrego, 09/06/2022
Visto
La inseguridad vial en nuestro país es un grave problema y como es de público conocimiento cada año se lleva la vida de miles de personas; y
Considerando
Que este cuerpo Deliberativo ha estudiado diversos Proyectos de Ley respecto a los límites establecidos de alcoholemia para los conductores de vehículos.
Que mediante Expte. Nº 0079/21 se registró la solicitud del Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo descentralizado en el ámbito del Ministerio de Transporte de la Nación solicitando aval a Proyecto de Ley presentado por ese organismo, según Expediente 1604-D-2021 Iniciado en Cámara de Diputados estableciendo alcoholemia 0 para la conducción y la modificación del Código Penal y de las Leyes 24.449 y 24.788.
Que, del mismo modo, a través del Expte. Nº 0098/21, se inscribió localmente la solicitud del Organismo Nacional: “Observatorio de Víctimas de Delitos”, cuya misión es velar por el cumplimiento de las leyes vigentes en materia de asistencia y protección a las víctimas de delitos y hacer conocer, respetar y maximizar los Derechos Humanos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos. Desde este Observatorio entre las funciones y misiones que cuenta es la interacción con organismos nacionales, provinciales y de la esfera internacional con el objetivo de articular políticas públicas.
Que la petición del Observatorio, manifiesta que al tratarse de una modificación al Código Penal que es una ley de fondo, la sanción hecha por el Congreso Nacional y consecuente promulgación, establecerían su inmediata vigencia en todo el territorio nacional sin depender de la ratificación o no de todas o algunas de las provincias. Este proyecto tutela la vida.
Que, recientemente dentro de este Concejo, se presentó el Expte. Nº 0096/22 tratando la misma problemática.
Que, ponía de manifiesto el reciente ingresó a la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, del Proyecto de Ley que establece “ALCOHOL CERO para la provincia de Buenos Aires”, en trámite bajo el número de expediente A-1/22-23.
Que este último proyecto de ley propone la modificación de la Ley 13.927 del Código de Tránsito para establecer que quienes hayan bebido alcohol no puedan conducir un vehículo bajo penas que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación.
Que la tolerancia cero al alcohol ya rige como ley en las provincias de Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán. También como ordenanza municipal en los partidos bonaerenses de General Pueyrredón, Moreno, Tigre, Ezeiza, Bragado y General Rodríguez; y en ciudades del interior del país como Posadas y Garupá (Misiones), Neuquén Capital, Pueblo Esther, Reconquista, Rosario y Santa Fe (Santa Fe).
Que eliminar el límite de 0.5 es también coherente con la tolerancia cero para conductores profesionales que rige en la Argentina hace más de veinte años, dando un tratamiento igualitario toda vez que la seguridad vial y el valor de la vida no depende del tipo de transporte que se trate.
Que según la Organización Mundial de la Salud (OMS) cada año fallece en el mundo alrededor de 1,35 millones de personas como consecuencia de siniestros viales, mientras que entre 20 y 50 millones de personas sufren traumatismos no mortales, de las cuales una porción registra alguna forma de discapacidad permanente (OMS 2018).
Que las lesiones causadas por el tránsito son consideradas actualmente como una epidemia, siendo la principal causa de muerte entre los jóvenes (OMS 2018).
Que todas las iniciativas presentadas tienen como finalidad: bajar los índices de siniestros viales.
Que este Cuerpo Deliberativo, más allá de expresar el beneplácito por un Proyecto en particular de algún Bloque Político, quiere resaltar la preocupación de toda la población, adhiriendo así a todo proyecto normativo que llegue a este Recinto mediante el cual prevalezca la protección de la vida estableciendo un territorio nacional donde Nunca Más se permita “alcohol al volante”.
POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente: RESOLUCION
ARTÍCULO 1º) El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Dorrego solicita al ============ Congreso de la Nación, el tratamiento y aprobación del Proyecto de Ley: de ̈ALCOHOL CERO ̈ que modifica los límites establecidos por la Ley Nacional de Lucha contra el Alcoholismo Nº 24.788 para la conducción de vehículos con motor, presentado por el Diputado Juan Facundo Moyano y Ramiro Gutiérrez, avalado por el Organismo Nacional: Observatorio de Victimas del Delitos dependiente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.-
ARTÍCULO 2º) El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Dorrego solicita al ============ Congreso de la Nación, el tratamiento y aprobación del Proyecto de Ley presentado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial: EXPEDIENTE 1604-D-2021 estableciendo alcoholemia 0 para la conducción. Modificando el Código Penal y de las Leyes 24449 y 24788.-
ARTÍCULO 3º) El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Dorrego solicita a la ============ Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, el tratamiento del Proyecto de Ley que establece “alcohol cero para la provincia de Buenos Aires”, en trámite bajo el número de expediente A-1/22-23.-
ARTÍCULO 4º) Remitir copia de la presente disposición a:
============
- Congreso de la Nación,
- Agencia Nacional de Seguridad Vial.
- Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
- Directora del Organismo Nacional: “Observatorio de Víctimas de Delitos” dependiente de Honorable Cámara de Diputados de la Nación.-
ARTÍCULO 5º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, dese ============ al Registro Oficial y oportunamente archívese.-
SALA DE SESIONES, 9 de junio de 2022.-
María Alicia Jalle Priscila Minnaard
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE 1º
H. CONCEJO DELIBERANTE H. CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL NÚMERO: 0039/22