Boletines/Chascomús

Resolución Nº214/22

Resolución Nº 214/22

Chascomús, 22/08/2022

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-147762/L, caratulado: “Solicitud Cambio de Contribuyente y Prescripción Partida Inmobiliaria 7051”, iniciado por el Sr. Walter Ramón LAVALLENA; y

Considerando

Que se presenta el Sr. Walter Ramón LAVALLENA, DNI: 26.606.901, domiciliado en calle 11 de septiembre N° 31 de Chascomús, con domicilio electrónico fiscal en marcelalamantia@gmail.com, solicitando cambio de contribuyente y la prescripción de deuda por Tasas Municipales que posee la Partida Inmobiliaria N° 7051, en relación al inmueble cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II, Sección D, Chacra 85, Manzana 85-h, parcelas 4, del partido de Chascomús (027).

Que a los fines de que se proceda al cambio de contribuyente, acompaña copias certificadas de la siguiente cadena de venta: “Cesión de Derechos y Acciones”, celebrada entre los Sres. Barri Marta Amelia (Cedente) y Gustavo Emilio Dalmas (Cesionario), suscripto en fecha 12/04/2016 (ver fs. 23/24); “Boleto de Cesión de Derechos y Acciones”, celebrado entre los Sres. Gustavo Emilio Dalmas (Cedente) y Juan Cruz Martínez (Cesionario), suscripto el día 31/10/2017 (ver fs. 25/27) ; “Cesión de Derechos Posesorios”, celebrada entre los Sres. Juan Cruz Martínez (Cedente) y Roxana Carina Capozzelli (Cesionaria), suscripto en fecha 17/08/2018 (ver fs. 31/33); y por último “Cesión de Derechos Posesorios”, celebrada entre los Sres. Roxana Carina Capozzelli (Cedente) y Walter Ramón Lavallena e Ivone Mercedes Estaszeski Bustillo (Cesionarios), suscripto en fecha 24/01/2019 (ver fs.3/4, 16/18).

Que, asimismo, adjunta certificado expedido el día 06/04/2015 por el cual se acredita que la Sra. Marta Amelia Barri acudió al Juzgado de Paz Letrado de Chascomús para tramitar la Información Sumaria de ocupación del lote de terreno mencionado. (Ver fs. 36).

Que a fs. 5 se adjunta Informe de dominio de la parcela 4, del cual surge como titular registral el Sr. Gregori José quien a su vez también se encuentra consignado como contribuyente en los registros municipales.

Que en consecuencia, con fecha 26 de Febrero del año 2020,  desde el área de Catastro de la Municipalidad se le envía nota al Sr. Gregori José,  a los fines de informarle que: el Sr. Lavallena Walter Ramón ha presentado una información sumaria, donde manifiesta que están haciendo posesión pacifica del bien inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción II, Sección D, Chacra 85, Manzana 85h Parcela 4, que de acuerdo a nuestros registros figuran a su nombre, por lo que solicitamos nos informe por escrito (debiendo adjuntar la documentación respaldatoria del bien), en un plazo no mayor de cinco días de recibida la presente, si ha autorizado tal ocupación, caso contrario se dará curso favorable a lo solicitado por el peticionante.”

Que la misiva fue devuelta al remitente por el Correo Argentino en razón de que el domicilio a notificar era desconocido.

Que con respecto a la solicitud de Prescripción de deuda de las Tasas Municipales de la Partida Inmobiliaria N° 7051, el art. 65 de la Ordenanza Fiscal vigente establece que “La prescripción de las facultades y poderes de la Municipalidad para determinar las obligaciones fiscales y exigir el pago de las mismas, se interrumpe: a) Por el reconocimiento por parte del contribuyente o responsable de su obligación. b) Por cualquier acto administrativo o judicial tendiente a obtener el pago”.

Que al respecto cabe señalar que se ha verificado que la Partida Nº 7051 registra deuda de periodos que, de acuerdo a la normativa vigente, debería reconocerse la prescripción, no habiéndose constatado interrupción de dicho plazo (conf. artículo 278 LOM) por lo que en virtud de lo establecido en el artículo antes citado y el artículo 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación, deberá reconocerse la prescripción de las deudas relacionadas a la Partida mencionada desde la cuota 1/1992 hasta la cuota 6/2013, inclusive.

En consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que teniendo en consideración la documentación presentada por el peticionante, y lo informado por el Correo Argentino, podrá hacerse lugar al cambio de contribuyente de Tasas Municipales solicitado (conf. art. 110 de la Ordenanza Fiscal) consignándose como tal al Sr. LAVALLENA, Walter Ramón, DNI Nº 26.606.901, con domicilio en la calle 11 de Septiembre N° 31 de Chascomús, con domicilio electrónico fiscal en marcelalamantia@gmail.com;como así también hacer lugar a la prescripción de deuda por Tasa de Servicios Generales de la Partida Inmobiliaria N° 7051 desde la cuota 01/1992 hasta la cuota 6/2013 inclusive.

Por ello los Señores Secretarios de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) en forma conjunta, en uso de sus atribuciones

RESUELVEN

ARTICULO 1°. Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de    --------------------- las Tasas Municipales que gravan al inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria N° 7051 consignándose como tal al Sr. LAVALLENA, Walter Ramón, DNI Nº 26.606.901, (conf. art. 1909 del CCyC y 110 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio en calle 11 de Septiembre N° 31 de Chascomús, Provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Reconocer la prescripción solicitada por deuda de la Tasa de Servicios Generales del inmueble citado en el artículo anterior desde la cuota 01/1992 hasta la cuota 6/2013 inclusive.-

ARTICULO 3º.- Modifíquese la deuda registrada en la cuenta corriente de la partida referida en los artículos anteriores.-

ARTICULO 4º.- Notifíquese en formato digital a Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Dirección de Asuntos Legales, Gestión de Cobros, y al peticionante en el domicilio electrónico fiscal constituido en marcelalamantia@gmail.com.-

ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-