Boletines/Chascomús
Resolución Nº 209/22
Chascomús, 18/08/2022
Visto
El Expediente Electrónico 2022-00010582- -CHASCOMUS-SSTV#SG, caratulado: “SOLICITUD CAMBIO DE CONTRIBUYENTE CIRC V., SECC. B, MZ. 39, PC 3., PDA.26.660”, iniciado por el SR SANGIOVANNI Jorge Pedro; y
Considerando
Que se presenta el Sr SANGIOVANNI Jorge Pedro, DNI: 10.611.356 con domicilio en Av. Donato Álvarez Nº 1216 la Ciudad de San Francisco Solano, Partido de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, con domicilio electrónico fiscal constituido en sangijorge@gmail.com ,solicitando cambio de contribuyente respecto de las Tasas Municipales en relación al inmueble cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción V, Sección B, Manzana 39, parcela 3, Partida Inmobiliaria N°26.660,del partido de Chascomús (027).
Que acompaña como documentación respaldatoria copia certificada del Boleto de Compraventa celebrado entre el Sr. SANGIOVANNI Vicente –comprador- y en su carácter de vendedores CAMIO Manuel y DEL BARBA Ofelia, de fecha 09 de marzo de 1.972.
Que asimismo adjunta Declaratoria de Herederos, tramitada ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 del Departamento Judicial de Quilmes, en autos caratulados “Sangiovanni Alberto Cesar s/ Sucesión Ab-Intestato” de donde surge que se declara “…en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Alberto Cesar Sangiovanni le sucede en carácter de único y universal heredero su hermano Jorge Pedro Sangiovanni”.
Que en el orden 8 del Expediente anteriormente citado, se encuentra Cedula Catastral en donde figuran como propietarios el Sr CAMIO Manuel y la Sra. DEL BARBA Nélida Ofelia.
Que actualmente, conforme los registros municipales, figura como contribuyente de las tasas de las Partidas Inmobiliarias N° 26.660 el Sr TRAMPO Jorge Daniel, no registrando deuda.
Que en consecuencia, con fecha 11 de Julio del año 2.022, se envió nota al Sr. TRAMPO, a los efectos de informarle que “…el Sr. Sangiovanni Jorge Pedro, ha presentado un nota y documentación solicitando cambio de contribuyente del bien inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción V, Sección B, Mza 39, Parcela 3, que de acuerdo a nuestros registros figura a su nombre, por lo que solicitamos se nos informe por escrito (debiendo adjuntar documentación respaldatoria del bien) … si ha autorizado tal ocupación, caso contrario se dará curso favorable a lo solicitado por el peticionante”.
Que el 15 de Julio de 2022 se presenta el Sr TRAMPO Jorge Daniel, DNI 23.344.328, manifestando su oposición al cambio de contribuyente de la Partida Inmobiliaria 26.660. Además, acompaña Información Sumaria y Copia de Protocolización del Boleto de Cesión de Derechos Posesorios.
Que la Información Sumaria acompañada tramito ante el Juzgado de Paz Letrado de Chascomús bajo la caratula “Información Sumaria N°64962 DAVILA REYNALDO AGUSTIN” disponiéndose en fecha 20 de Septiembre de 2012 “Atento a lo actuado y en orden a lo dispuesto por el artículo 384 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, apruébese la presente Información Sumaria en cuanto ha lugar por derecho, teniendo acreditado que Reynaldo Agustín Dávila al día 17/09/2012 ocupa el inmueble de referencia ubicado en la calle: San Cayetano Nomenclatura Catastral Circunscripción V, Sección B Manzana 39, Parcela 3 a 7 ( inclusive…)”.
Que asimismo, adjunta Cesión de Derechos y Acciones celebrada entre Dávila Reynaldo Agustín (cedente) y More Miguel Ángel (cesionario) suscripta en fecha 05/11/2013.
Que la Copia de Protocolización del Boleto de Cesión de Derechos Posesorios acompañada por el Sr TRAMPO establece que MORE Miguel Ángel –cedente- a DOMINGUEZ David Gerardo- cesionario- “…Cede, Vende y Transfiere a él cesionario 2 lotes de terreno con todo lo plantado, edificado y adherido al suelo ubicado en la Ciudad y Partido de Chascomús, Provincia de Buenos Aires, lotes que se encuentran designados de la siguiente manera Circunscripción V, Sección B, Mza 39, Parcela 3 y 4”.
Que en el orden 9 del Expediente Electrónico 2022-00010582- -CHASCOMUS-SSTV#SG, se encuentra una Cesión de Derechos Posesorios celebrada por el Sr DOMINGUEZ David Gerardo a favor del Sr TRAMPO Jorge Daniel sobre la Partida Inmobiliaria N° 26.660.
Que, en consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales dictamino: Que surgiendo de las constancias existentes en éstas actuaciones administrativas que tanto el Sr. SANGIOVANNI como el Sr. TRAMPO alegan detentar la posesión del inmueble por distintos títulos, no cabe decidir respecto de los derechos de uno y otro en el ámbito administrativo, gozando ambos de las acciones judiciales que les otorga la legislación.
Que asimismo, existiendo derechos controvertidos no corresponde hacer lugar a la solicitud planteada por el Sr. SANGIOVANNI Jorge Pedro DNI: 10.611.356 manteniéndose en su calidad de contribuyente al Sr. TRAMPO Jorge Daniel, DNI 23.344.328, sin perjuicio de las acciones judiciales que ambas partes podrán iniciar en ejercicio de los derechos que detenten.
Por ello el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro), en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1°. No hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de las tasas municipales que gravan al inmueble nomenclado catastralmente como Circunscripción V, Sección B Manzana 39, Parcela 3 ,Partida Inmobiliaria N° 26.660, pretendida por el Sr SANGIOVANNI Jorge Pedro, DNI: 10.611.356 , y mantener en su calidad de contribuyente al Sr TRAMPO Jorge Daniel, DNI 23.344.328 de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Subsecretaria de Tierras y Urbanismo, Dirección de Asuntos Legales, y a los solicitantes a los domicilios electrónicos fiscales constituido en sangijorge@gmail.com y jor-trampo@hotmail.com.-
ARTICULO 3º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-