Boletines/Chascomús

Resolución Nº196/22

Resolución Nº 196/22

Chascomús, 18/08/2022

Visto

El Expediente Electrónico EX-2022-00008020 -CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado: “SOLICITUD CAMBIO DE CONTRIBUYENTE DE LA PARTIDA 027-7194”, iniciado a nombre de PUPPO, OMAR ALBERTO; y

Considerando

Que se presenta el Sr. Omar Alberto PUPPO, DNI: 20.021.117, con domicilio en calle Berutti N° 3.625 del partido de Quilmes, con domicilio electrónico fiscal constituido en alberthpuppo@gmail.com, constituyendo el procesal en la calle Moreno N° 27 de Chascomús, solicitando cambio de contribuyente respecto de las Tasas Municipales en relación al inmueble cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción II, Sección E, Chacra 107, Manzana 107 c, Parcela 12, Partida Inmobiliaria N°7194, del partido de Chascomús (027).

Que acompaña copia del testimonio de la sentencia de fecha 29 de Octubre del año 2.021, que aprueba la Información Sumaria que tiende a acreditar que el Sr. PUPPO, Omar Alberto, ocupa el inmueble descripto.

Que la Información Sumaria tramitó por ante el Juzgado de Paz Letrado de Chascomús, en autos: “PUPPO, Omar Alberto s/ Información Sumaria”, Expediente N° 39.560-21.Que surge como titular registral a nombre de La Aurora Sociedad en Comandita por Acciones.

Que adjunta informe de dominio de la mencionada parcela, surgiendo como titular registral a nombre de Abelardo Raúl PETTINA.

Que también acompañan certificado de libre de deuda de la partida inmobiliaria N° 7194.

Que actualmente, conforme los registros municipales, figura como contribuyente de las tasas de la Partida Inmobiliaria ut supra mencionada, el Sr. Abelardo Pettina.

Que en consecuencia, con fecha 23 de mayo del año 2.022, se envió nota al Sr. Abelardo PETTINA, a los efectos de informarle que “…el Sr. Omar Alberto PUPPO, ha presentado una información sumaria, donde manifiesta que está haciendo posesión pacifica del bien inmueble denominado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Chacra 107,Manzana 107 c, Parcela 12, que de acuerdo a nuestros registros figura a su nombre, por lo que se le solicita se nos informe por escrito (debiendo adjuntar la documentación respaldatoria del bien), en un plazo no mayor de cinco días de recibida la presente, si ha autorizado tal ocupación, caso contrario se dará curso favorable a lo solicitado por el peticionante.”.

Que desde la Dirección de Catastro informan que: “Se remite el expte. iniciado por el Sr. Puppo Omar Alberto según información sumaria solicitando cambio de contribuyente del bien inmueble designado catastralmente como Circ. II, Secc. E, Ch. 107, Mz. 107c, Pc. 12, Pda. 7194, informando que se envió nota al contribuyente y esta volvió (plazo vencido, no reclamado”.

Que la misiva enviada por el Correo Argentino, volvió al remitente por plazo vencido y no reclamado.

En consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que teniendo en cuenta la documentación presentada por el solicitante y lo informado por la Dirección de Catastro y por el Correo Argentino, podrá hacerse lugar al cambio de contribuyente de la Tasas Municipales del inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria N° 7194, (conf. art. 1909 del CCyC y 110 de la Ordenanza Fiscal vigente) consignándose como tal al Sr. PUPPO, Omar Alberto, DNI Nº 20.021.117.

Por ello el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro), en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTICULO 1°. Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de las tasas municipales que gravan al inmueble nomenclado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Chacra 107, Manzana 107 c, Parcela 12, Partida Inmobiliaria N° 7194 (027), requerida por Omar Alberto PUPPO, DNI Nº 20.021.117, de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Subsecretaria de Tierras y Urbanismo, Dirección de Asuntos Legales, y al solicitante al domicilio electrónico fiscal constituido en alberthpuppo@gmail.com.-

ARTICULO 3º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-