Boletines/Chascomús

Resolución Nº195/22

Resolución Nº 195/22

Chascomús, 17/08/2022

Visto

El Expediente Electrónico EX-2022-00009520-CHASCOMUS- MESA#SG caratulado “Collazo Sandra Adriana s/ Cambio de Contribuyente” Partida N° 31026; y

Considerando

Que la peticionante solicita el cambio de contribuyente de la Partida Nº 31026 sobre las Tasas Municipales.

Que resulta ser cesionaria mediante escritura N° Sesenta y tres de fecha 1 de Marzo de 2022 celebrada ante la Escribana María Inés Quiroga, por la que se acredita que el cedente Pablo Enrique Puig le cede las acciones y derechos posesorios, así como los derechos litigiosos que pudieran ocurrir.

Que se encuentra acreditado la posesión en los autos “Puig Pablo Enrique s/ Información Sumaria Expte. 40862 de trámite ante el Juzgado de Paz Letrado de Chascomús.

Que surge como titular registral a nombre de La Aurora Sociedad en Comandita por Acciones.

Que conforme surge de lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal, resulta contribuyente de la Tasa de Servicios Generales el poseedor a título de dueño (conf. Art. 110). En consecuencia, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que habiéndose acreditado prima facie el carácter de cesionarios de Acciones y Derechos Posesorios de la peticionante, podrá hacerse lugar al cambio de contribuyente de Tasas Municipales solicitado, consignándose como tal a Adriana Sandra COLLAZO, DNI N° 14.517.002, (conf. Arts. 110 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio en calle Arenales N° 350 de Chascomús, Pcia de Buenos Aires.

Por ello el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro), en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTICULO 1°. Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de la tasa municipal que grava al inmuebles identificado con la Partida Inmobiliaria Nº31.026, a favor de Adriana Sandra COLLAZO, DNI N° 14.517.002, (conf. Arts. 110 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio en calle Arenales N° 350 de Chascomús.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Legales y peticionante al domicilio real, Arenales N° 350.-

ARTICULO 3º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-