Boletines/Chascomús
Resolución Nº 181/22
Chascomús, 09/08/2022
Visto
El EX-2022-00013907- -CHASCOMUS-DCEM#SH caratulado “Solicitud de autorización para traslado al Osario” iniciado por LABORDE, Teresita y LABORDE, Enrique Alberto; y
Considerando
Que se presentan la Sra. LABORDE, Teresita DNI Nº 12.547.725 y el Sr. LABORDE, Enrique Alberto DNI: 12.547.123 solicitando autorización para trasladar los restos de quienes en vida fueran: LABORDE, Ronald Armando (fallecido el 29/06/1981) inhumado en la SEPULT-I-A-648-2435-0, y GARDA, José Enrique (fallecido el 04/08/1929), LEDESMA de GARDA, María del Socorro (fallecida el 22/04/1967), GARDA, Norberta del Carmen (fallecida el 18/07/1940), GARDA, José (fallecido el 05/05/1967) y GARDA, María Mercedes (fallecida el 18/08/2002) inhumados en la SEPULT-C-V-816- 669, de ambos espacios es contribuyente la Sra. LABORDE, Rosa Garda según surge de nuestro registro (EFIMUNI).
Que los restos pasaran a descansar en el Osario.
Que se adjunta documentación acreditando los vínculos invocados (v. fs.12).
Que se ha constatado según registros municipales, que los espacios no registran deuda al presente (v. fs. 3 y 4), quedando los mismos a disposición del municipio.
Que habiéndose presentado la documentación requerida por la Ordenanza 1161 y modificatorias, la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que podrá autorizarse la solicitud efectuada.
Por ello el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) que suscribe, en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1°. Autorícese el retiro de los restos de quienes en vida fueran: LABORDE, Ronald Armando (fallecido el 29/06/1981) inhumado en la SEPULT-I-A-648-2435-0, y GARDA, José Enrique (fallecido el 04/08/1929), LEDESMA de GARDA, María del Socorro (fallecida el 22/04/1967), GARDA, Norberta del Carmen (fallecida el 18/07/1940), GARDA, José (fallecido el 05/05/1967) y GARDA, María Mercedes (fallecida el 18/08/2002) inhumados en la SEPULT-C-V-816-669, para su posterior traslado al Osario, debiendo cumplimentarse con el procedimiento correspondiente que será indicado por la Dirección del Cementerio.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Cementerio, y peticionante.-
ARTICULO 3º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-