Boletines/Chascomús
Resolución Nº 180/22
Chascomús, 05/08/2022
Visto
La Ordenanza Impositiva vigente y el Decreto Nº 628/22; y
Considerando
Que el artículo 51º de la Ordenanza referida establece que “El valor a abonar por las siguientes tasas será calculado en función del Valor del Módulo del Sueldo básico del Empleado Municipal, Categoría Ingresante 35 hs…”
Que a continuación enumera los tributos cuyo valor se fija en base a módulos, indicándose que “El valor del módulo será el 1% del Sueldo del Empleado Municipal Categoría Mínima vigente para el mes anterior al del vencimiento de cada cuota.”
Que, a través del Decreto Nº 628/22, se estableció una nueva escala salarial para lo que resta del ejercicio 2022.
Que, según el Anexo I, que es parte integrante del referido acto administrativo, el haber del “Ingresante c1” de 35 hs. es de $ 39.113,57 a partir del mes de Agosto de 2022, modificándose a $ 43.416,07; $ 45.586,87; y $ 50.601,42, en los meses de Septiembre, Octubre y Diciembre de 2022, respectivamente.
Que, por lo tanto, el valor del módulo, esto es el 1% del valor del sueldo antes referido, deberá establecerse en la suma de $ 391,13; $ 434,16; $ 455,86 y $ 506,00 a partir del día primero del mes siguiente a los referidos en el párrafo anterior, respectivamente.
Por ello el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) que suscribe, en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1°. Actualícese el valor del módulo municipal de acuerdo a lo establecido en el artículo 51º de la Ordenanza Impositiva vigente.-
ARTICULO 2°.- El valor del módulo municipal se fija en una suma equivalente al uno por ciento (1%) del sueldo del empleado municipal categoría mínima, “Ingresante c1 de 35 hs”, establecido en el Anexo I del Decreto 628/22.-
ARTICULO 3°.- El valor fijado en el artículo 2º será el que se indica a continuación y tendrá vigencia para las cuotas y anticipos de tributos municipales o cualquier otra obligación que esté determinada en módulos, cuyo vencimiento o exigibilidad opere a partir de la fecha consignada:
Fecha desde Valor módulo ($)
01/09/2022 391,13
01/10/2022 434,16
01/11/2022 455,86
01/01/2023 506,00
ARTICULO 4°.- Los valores fijados a través de la Resolución 23/2022 estarán vigentes hasta el 31 de Agosto de 2022, quedando la referida Resolución sin efecto luego de dicha fecha.-
ARTICULO 5°.- Notifíquese en forma Secretaría Privada, Secretaría de Gobierno, Secretaría de Seguridad, Secretaría de Obras y Servicios Sanitarios, Secretaría de Servicios Públicos, Secretaría de Salud, Secretaría de Planificación y Turismo, Secretaría de RHH y Desarrollo Productivo, Hospital San V. de Paul, Dirección de Ingresos Públicos, Dirección de Asuntos Legales, Dirección de Modernización, Oficina de Compras, Oficina de Guías, Oficina de Licencias de Conducir, Juzgado de Faltas, Dirección de Defensa Civil, Bromatología, Habilitaciones y Catastro.-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-