Boletines/Chascomús

Decreto Nº812/22

Decreto Nº 812/22

Chascomús, 31/08/2022

CREAR PROYECTO DE INVERSION, MEJORA DE CALLES

Visto

La necesidad de incorporar al presupuesto recursos con afectación específica, no considerados en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Vigente; y

Considerando

Que resulta necesario ampliar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 2022, incorporando los recursos con afectación específica comunicados y no considerados en el cálculo de recursos vigente.

Que mediante el Expediente Administrativo Nº 4030-159426/M se tramita el Proyecto de Inversión “Mejora de Calles Urbanas Barrio Escribano”.

Que mediante el Decreto N° 795/2022 se convalidó en todas sus partes el convenio celebrado entre la Municipalidad de Chascomús y el Ministerio de Infraestructura y Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires para la financiación del proyecto de obra “Mejora de Calles Barrio Escribano”, por un monto de Pesos Ochenta y Un Millones Ochocientos Un Mil Cuatrocientos Cincuenta ($81.801.450) vinculado al Expediente EX2022-26211739-GDEBA-DGALMIYSPGP correspondiente al Fondo de Infraestructura Municipal 2022.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1.- Créese el proyecto de inversión y amplíese el crédito de las partidas parciales que se indican a continuación, de acuerdo al siguiente detalle:

Estructura Programática

Fuente de Financiamiento

Imputación

Importe

1110119000 - 44.86.00 - Mejora de Calles Barrio Escribano

132 - De origen provincial

4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio publico

81,801,450.00

 

 

Total Gastos:

81,801,450.00

ARTICULO 2°.- Créese y amplíese el Cálculo de Recursos de acuerdo al  siguiente detalle:

 JURISD.

RUBRO

IMPORTE

1110111000

22.5.01.12 - Conv. Min de Infr. y  Serv Públicos PBA - Fondo de Infraestructura Municipal 2022

81,801,450.00

 

 

 

Total

81,801,450.00

         

ARTICULO 3º.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada,  Dirección de Presupuesto y Contaduría.-

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTÍCULO 5.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-